Desde el 18 de octubre de 2019 y hasta marzo de 2020 tuvo lugar en Chile un fenómeno social complejo que la opinión pública denominó estallido social. Este se caracterizó por la magnitud de las movilizaciones ciudadanas, el extenso lapso de tiempo que estas duraron, las numerosas ciudades en que tuvieron lugar, así como por los graves y violentos enfrentamientos entre manifestantes y la policía. En este contexto de masividad y violencia en la movilización político-social, y de frecuentes reacciones ilícitas de los cuerpos policiales, constitutivas muchas veces de violaciones a los derechos humanos, surgió la interrogante acerca de si los hechos que caracterizaron la respuesta estatal, con ciertos “patrones comunes” de comportamiento, podrían ser subsumidos en el crimen de lesa humanidad tipificado en los arts. 1° y ss. de la Ley N° 20.357. Este libro pretende ser un aporte a los diálogos que la sociedad civil ha sostenido a propósito del estallido. Desde una mirada dogmática penal, esta obra se pregunta sobre la posible subsunción de ciertos hechos de fuerza policial organizada en el tipo penal de crimen de lesa humanidad, y sobre cuáles serían los criterios de imputación que permiten atribuir un crimen de lesa humanidad a la autoridad política o militar de un país.
Índice
Prólogo 7
Listado de abreviaturas 17
Introducción
1. Contexto 19
2. Estructura del texto 26
3. Método y agradecimientos 28
I. El crimen de lesa humanidad de los arts. 1° y ss. de la Ley N° 20.357
1. Aspectos metodológicos de la interpretación: cuestiones previas 29
2. Regulación de los crímenes de lesa humanidad en la ley chilena (Ley Nº 20.357) y estructuras de imputación 33
3. Bien jurídico y su relevancia dogmática en la definición de “crimen internacional” 41
4. Injusto del crimen y elementos típicos del delito subyacente 45
5. Elementos del “hecho global” 55
5.1. Atribución del delito subyacente a un ataque 58
5.1.1. Ataque: el aspecto operativo del crimen de lesa humanidad 58
5.1.2. Población civil: objeto del ataque 68
5.1.3. Generalizado o sistemático 74
5.2. El concepto “política”: segunda atribución 85
5.2.1. El concepto “política” 85
5.2.2. Política ¿expresa o tácita? 90
5.2.3. ¿Omisión como expresión de una “política”? 91
5.2.4. ¿Agentes estatales sin vínculo con el poder central como fuente de la “política”? 96
5.2.5. Atribución del ataque a la “política” 114
5.3. El uso de la fuerza policial y la política de ataque 122
5.3.1. Problematización 122
5.3.2. Criterios elaborados en el Derecho internacional para el uso de fuerza estatal 127
5.3.3. Regulación nacional del uso de la fuerza 135
5.3.4. Análisis del uso de la fuerza estatal y del concepto ataque 200
5.3.5. Análisis del uso de la fuerza estatal y del concepto de política 213
II. Criterios de imputación a sujetos individuales
1. Introducción 221
1.1. Cuestiones generales 221
1.2. Evolución de los criterios en el Derecho penal internacional 224
1.3. Reglas del Estatuto de Roma 232
1.4. La responsabilidad por la intervención en el delito subyacente en la Ley N° 20.357 238
2. La imputación objetiva y subjetiva al ejecutor material (de propia mano) 242
3. La imputación objetiva y subjetiva a los coautores y a los autores mediatos 244
3.1. Coautores 244
3.2. Autores mediatos 246
III. La figura de la responsabilidad del superior en la Ley N° 20.357
1. La regulación de la responsabilidad del superior en el art. 28 del Estatuto de Roma 251
1.1. Orígenes y antecedentes de la figura de la responsabilidad del superior 252
1.1.1. El caso Yamashita y el Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra 252
1.1.2. La responsabilidad del superior y los tribunales ad hoc para la ex Yugoslavia y Ruanda 254
1.2. Fundamento de la figura de la responsabilidad del superior prevista en el art. 28 del Estatuto de Roma 257
1.3. Presupuestos de la responsabilidad del superior según el art. 28 del Estatuto de Roma 261
1.3.1. Existencia de una relación superior-subordinado 262
1.3.2. Realización de las medidas necesarias y razonables para evitar la comisión del hecho delictivo o para perseguir penalmente al autor 273
1.3.3. Presupuestos subjetivos de la responsabilidad del superior 278
2. La omisión de impedir crímenes internacionales (art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357) 280
2.1. Incardinación dogmática de la omisión de impedir crímenes internacionales 280
2.2. Bien jurídico protegido 283
2.3. Destinatarios de la norma especial de intervención delictiva del art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357 283
2.3.1. Consideraciones generales 283
2.3.2. Presupuesto común que debe concurrir respecto de los destinatarios de la regla prevista en el art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357 291
2.3.3. Los dirigentes militares de iure en el art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357 292
2.3.4. Los dirigentes militares de facto en el art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357 293
2.3.5. Los superiores “autoridades no-militares (o civiles)” en el art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357 294
2.4. La comisión de un delito previsto en la Ley N° 20.357 por parte de un subordinado 295
2.5. La omisión de impedir el crimen internacional del subalterno 296
2.6. La exigencia de “cuasicausalidad” 297
2.7. Tipicidad subjetiva 298
2.8. La relación entre el art. 35 inc. 1° de la Ley N° 20.357, y las reglas de intervención delictiva del art. 36 de la Ley N° 20.357, y de los arts. 15 y 16 del Código Penal 300
2.8.1. Relación con el art. 36 de la Ley N° 20.357 300
2.8.2. Relación con el art. 15 N° 2 del CP (autoría mediata) 302
2.8.3. Relación con el art. 15 N° 1 y 3 del CP (coautoría) 302
2.8.4. Relación con el art. 16 del CP (complicidad) 303
3. La omisión de dar aviso de la comisión de crímenes internacionales (art. 35 inc. 2° de la Ley N° 20.357) 303
3.1. Consideraciones generales 303
3.2. Sujeto activo y conducta típica 304
3.3. Tipicidad subjetiva 306
IV. Sugerencias relativas a la investigación de los hechos objeto del presente trabajo
Primer paso: selección de delitos subyacentes susceptible de servir de base para la atribución de un ataque 310
Segundo paso: identificación de un patrón de conducta y una planificación u organización del uso de la fuerza orientada al daño 311
Tercer paso: identificación de los elementos de sistematicidad o generalidad del ataque 314
Cuarto paso: existencia de una política y atribución del ataque a dicha política 317
Quinto paso: atribución de responsabilidad a sujetos individuales 319
V. Bibliografía 323
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