{"id":1986,"date":"2026-02-28T00:57:07","date_gmt":"2026-02-28T03:57:07","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=1986"},"modified":"2026-02-28T00:57:36","modified_gmt":"2026-02-28T03:57:36","slug":"jurisprudencia-de-arrendamiento-tamara-vives-gonzalez-3a-edicion-actualizada-enero-2025-452-paginas","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/jurisprudencia-de-arrendamiento-tamara-vives-gonzalez-3a-edicion-actualizada-enero-2025-452-paginas\/","title":{"rendered":"Jurisprudencia de Arrendamiento &#8211; Tamara Vives Gonz\u00e1lez \/ 3\u00aa Edici\u00f3n Actualizada &#8211; Enero 2025 &#8211; 452 P\u00e1ginas"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">Este volumen trata sobre el arrendamiento, contrato de vital importancia por corresponder a una de las convenciones m\u00e1s utilizadas. Los temas que abarca son: deberes del arrendatario y del arrendador, terminaci\u00f3n del contrato y desahucio, procedimiento monitorio para el cobro de rentas, arrendamiento de predios r\u00fasticos, entre otros. Procedimiento Monitorio de cobro de rentas de arrendamiento.\u00a0Contiene selecci\u00f3n de fallos de Tribunales Superiores, ampliada en versi\u00f3n digital.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>CONTRATO DE ARRENDAMIENTO<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Prestaci\u00f3n debida afectada por fuerza mayor. Si sobreviene una imposibilidad de gozar del objeto seg\u00fan el fin del contrato, la reciprocidad de las obligaciones no justifica la retenci\u00f3n del precio anticipado<br \/>\nConcepto y caracter\u00edsticas del contrato de arrendamiento. Pago de renta. Acreditaci\u00f3n del pago<br \/>\nContrato de arrendamiento de bienes ra\u00edces urbanos. Indemnizaci\u00f3n de perjuicios derivada del incumplimiento de contrato se rige por C\u00f3digo Civil<br \/>\nContrato de arrendamiento. Abono de expensas o mejoras. Presupuestos de procedencia de reembolsar el costo de las mejoras \u00fatiles<br \/>\nContrato de arrendamiento que estipula vigencia de cinco a\u00f1os. Improcedencia de calificar contrato como de duraci\u00f3n indefinida<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Cobro por da\u00f1o emergente. Es del arrendatario la obligaci\u00f3n de emplear en conservaci\u00f3n de la cosa el cuidado de un buen padre de familia<br \/>\nP\u00e9rdidas experimentadas por el arrendatario no pueden ser imputadas al arrendador. Inexistencia de hip\u00f3tesis de caso fortuito o fuerza mayor<br \/>\nIncumplimiento del deber de entregar el inmueble arrendado habilitado para el fin estipulado en el contrat<br \/>\nT\u00e9rmino de contrato por culta del arrendatario. Aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 1945 del C\u00f3digo Civil. Procedencia de indemnizaci\u00f3n de perjuicios<br \/>\nFalta de pago de la renta. Improcedencia del enriquecimiento sin causa. Rechazo del pago de rentas correspondiente al per\u00edodo que restaba para el natural vencimiento del contrato por no existir perjuicio para el arrendador<br \/>\nPrincipio de autonom\u00eda de la voluntad. Partes pactaron un pacto comisorio calificado. Tribunal desconoci\u00f3 los t\u00e9rminos del contrato que sirve de fundamento a la demanda<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de indemnizar los perjuicios cuando el contrato de arrendamiento expira por culpa suya y de pagar la renta por el tiempo que falte hasta el t\u00e9rmino del contrato<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Arrendador debe cumplir no s\u00f3lo con las exigencias f\u00edsicas materiales del inmueble para el uso contratado, sino tambi\u00e9n con la posibilidad jur\u00eddica de realizarlo<br \/>\nCorte de servicios b\u00e1sicos por rentas morosas. Arrendador no est\u00e1 facultado para cortar los servicios b\u00e1sicos a un arrendatario moroso. Autotutela<br \/>\nSuficiencia probatoria para acreditar la existencia del contrato de arrendamiento y el no pago de las rentas. Procedencia del t\u00e9rmino del contrato de arrendamiento<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta, los gastos por servicio y dem\u00e1s consumos domiciliarios devengados durante la tramitaci\u00f3n del juicio y hasta la restituci\u00f3n del inmueble o el pago<br \/>\nImprocedencia del enriquecimiento sin causa. Rechazo del pago de rentas correspondiente al per\u00edodo que restaba para el natural vencimiento del contrato por no existir perjuicio para el arrendador<br \/>\nInterrupci\u00f3n del suministro el\u00e9ctrico constituye una v\u00eda de hecho ileg\u00edtima y no autorizada por el ordenamiento jur\u00eddico para presionar al arrendatario al cumplimiento de sus obligaciones<br \/>\nCarta de pago. Recibo de pago de rentas hace presumir el pago de los per\u00edodos anteriores<br \/>\nObligaci\u00f3n de pagar las rentas se mantiene hasta la restituci\u00f3n del inmueble<br \/>\nRebaja de renta de arrendamiento. Insuficiencia probatoria para acreditar los supuestos que de acuerdo a la ley autorizan a obtener una rebaja de la renta<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Incumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta<br \/>\nCumplimiento de contrato. Contrato de arrendamiento, caracter\u00edsticas. Obligaciones del arrendador y del arrendatario<br \/>\nPrincipio de autonom\u00eda de la voluntad en el derecho de los contratos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Finalidad de la regla del art\u00edculo 1570 del C\u00f3digo Civil<br \/>\nComodato precario. Existencia de un comodato precario al no haberse pactado renta alguna por el uso del bien. La renta constituye un elemento de la esencia del contrato de arrendamiento<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta, los gastos por servicio y dem\u00e1s consumos domiciliarios devengados durante la tramitaci\u00f3n del juicio y hasta la restituci\u00f3n del inmueble o el pago<br \/>\nIncumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta. Obligaciones denunciadas como incumplidas por el demandado que no est\u00e1n vinculadas con el contrato de arrendamiento<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta acordada hasta la restituci\u00f3n. Proscripci\u00f3n del enriquecimiento sin causa<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de indemnizar los perjuicios cuando el contrato de arrendamiento expira por culpa suya y de pagar la renta por el tiempo que falte hasta el t\u00e9rmino del contrato Causales de t\u00e9rmino del contrato de arrendamiento. Restituci\u00f3n del inmueble arrendado antes del plazo acordado en el contrato<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendador de pagar la renta hasta el tiempo estipulado para el t\u00e9rmino del contrato<br \/>\nRenta de arrendamiento pactada en base a porcentaje de ventas netas mensuales. Incumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de hacer entrega de informaci\u00f3n de las ventas mensuales netas a objeto de hacer efectivo el c\u00e1lculo \u00edntegro de las rentas de arrendamiento<br \/>\nIncumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta. Celebraci\u00f3n de un contrato de promesa de compraventa entre el arrendador y un tercero que no infringe las cl\u00e1usulas prohibitivas del arrendamiento<br \/>\nDerecho del arrendador de hacer cesar el contrato de arrendamiento cuando el arrendatario incurra en la mora de un per\u00edodo entero en el pago de la renta, despu\u00e9s de dos reconvenciones de pago<br \/>\nRestituci\u00f3n de inmueble por terminaci\u00f3n del arrendamiento. Extinci\u00f3n del derecho del arrendador. Obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar al nuevo propietario la renta acordada con el antiguo hasta la restituci\u00f3n<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de pagar al nuevo propietario la renta acordada con el antiguo hasta la restituci\u00f3n. Alteraci\u00f3n en el monto de la renta implica un nuevo acuerdo de voluntades<br \/>\nContrato de arrendamiento por plazo determinado y con ocasi\u00f3n de la celebraci\u00f3n de un contrato de promesa de compraventa<br \/>\nRenovaci\u00f3n t\u00e1cita del contrato de arrendamiento. No haberse celebrado la promesa de compraventa no justifica el incumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Prevenci\u00f3n: Arrendatario que contin\u00faa gozando el inmueble despu\u00e9s de expirado el contrato est\u00e1 obligado a pagar las rentas hasta la \u00e9poca de la restituci\u00f3n<br \/>\nDevoluci\u00f3n garant\u00eda de arrendamiento. Acreditada la existencia del contrato y pago de la garant\u00eda por parte del arrendatario corresponde al demandado acreditar extinci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de restituir la garant\u00eda<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Voto disidente: Arrendador cambi\u00f3 chapa de inmueble y desaloj\u00f3 los enseres que se encontraban en su interior. Cumplimiento de la obligaci\u00f3n de restituci\u00f3n de la propiedad<br \/>\nRestituci\u00f3n del bien arrendado. Extinci\u00f3n del derecho del arrendador. Obligaci\u00f3n del adquirente a t\u00edtulo oneroso del bien arrendado de respetar el arrendamiento cuando ha sido contra\u00eddo por escritura p\u00fablica<br \/>\nRestituci\u00f3n del inmueble arrendado con da\u00f1os que se alejan del uso normal del mismo. Indemnizaci\u00f3n de perjuicios por da\u00f1o patrimonial<br \/>\nRestituci\u00f3n de inmueble arrendado. Renuncia de la condici\u00f3n resolutoria ordinaria cuando ha sido establecida a favor del acreedor. Voluntad real de los contratantes<br \/>\nRestituci\u00f3n de inmueble arrendado. Vencimiento del plazo acordado en el contrato para restituir el inmueble arrendado<br \/>\nRestituci\u00f3n de inmueble arrendado. Expresi\u00f3n utilizada por las partes en el contrato que resulta clara. Preferencia de la interpretaci\u00f3n de una cl\u00e1usula en el sentido que produzca alg\u00fan efecto<br \/>\nRestituci\u00f3n del inmueble arrendado. Renovaci\u00f3n del contrato a plazo fijo por per\u00edodos de un a\u00f1o. Procedencia de solicitar la restituci\u00f3n antes de llegado el plazo cuando se funda en un incumplimiento del arrendatario<br \/>\nRestituci\u00f3n de inmueble arrendado. Interpretaci\u00f3n de las cl\u00e1usulas del contrato en virtud de la aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica que hayan hecho ambas partes. Interpretaci\u00f3n de las cl\u00e1usulas ambiguas a favor del deudor<br \/>\nIncumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de restituir el bien arrendado en buen estado no afecta intereses extrapatrimoniales del arrendador cuya actividad es el arrendamiento de locales comerciales<br \/>\nImprocedencia de restituir el inmueble al demandante que no es propietario ni ten\u00eda facultad para subarrendar. Restituci\u00f3n al leg\u00edtimo propietario del inmueble<br \/>\nTerminaci\u00f3n del contrato de arrendamiento por expiraci\u00f3n del plazo convenido. Inmueble arrendado que se encuentra desocupado<br \/>\nValidez del arrendamiento de cosa ajena. Due\u00f1o del inmueble no est\u00e1 obligado a respetar el arrendamiento celebrado antes de haber adquirido el dominio de la cosa<br \/>\nContrato de arrendamiento que depende de la voluntad en contrario de alguna de las partes es de car\u00e1cter indefinido, no de plazo fijo. Trat\u00e1ndose de un contrato indefinido el arrendatario no tiene las facultades de restituir el inmueble antes de la expiraci\u00f3n del plazo y de pagar la renta hasta el d\u00eda de la restituci\u00f3n<br \/>\nArrendatario debe pagar la renta estipulada hasta la restituci\u00f3n del inmueble. Concepto de las modalidades. Mecanismo establecido para el cobro de la renta no constituye una condici\u00f3n<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Impedir la entrada de la recurrente a la propiedad arrendada altera el statu quo vigente<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Clausura y corte de suministro b\u00e1sicos de locales comerciales arrendados<br \/>\nCumplimiento de contrato. Obligaciones del arrendador y del arrendatario. Principio de autonom\u00eda de la voluntad en el derecho de los contratos<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendador a sanear los vicios redhibitorios de la cosa, sean o no conocidos por \u00e9ste y aun cuando su causa sea posterior al contrato<br \/>\nExcepci\u00f3n de contrato no cumplido. Requisito de procedencia de la excepci\u00f3n de contrato no cumplido de existencia de simultaneidad entre las obligaciones rec\u00edprocas incumplidas<br \/>\nDerecho del arrendatario a pedir la rescisi\u00f3n cuando la calidad de la cosa le impide hacer de ella el uso para que ha sido arrendada<br \/>\nIndemnizaci\u00f3n de perjuicios por responsabilidad contractual<br \/>\nActos de hostigamiento ejercidos por el arrendador en contra del arrendatario<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendador de mantener la cosa en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada. Reparaciones necesarias son de cargo del arrendador<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Acuerdo contractual sobre el \u00fanico objeto al que deb\u00eda ser destinado el inmueble arrendado<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Cambio de chapa de oficina por parte del arrendador. Incumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendador de asegurar el uso y goce tranquilo del inmueble arrendado Cumplimiento de contrato. Arrendador que imposibilita la ocu paci\u00f3n de local comercial arrendado. Da\u00f1o moral provocado por el incumplimiento contractual del arrendador<br \/>\nConcepto de reparaciones locativas. Da\u00f1os por filtraciones generadas por lluvias y fuertes vientos no constituyen reparaciones locativas. Da\u00f1os que deben ser reparados por el arrendador<br \/>\nCumplimiento de contrato de arrendamiento. Responsabilidad del arrendador. Demandado que no forma parte de la relaci\u00f3n contractual<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>PROCEDIMIENTO MONITORIO PARA EL COBRO DE RENTAS<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Cobro monitorio en arrendamiento. Ley no exige acompa\u00f1ar el contrato de arriendo materia del juicio, sino todos los antecedentes que sirvan de fundamento a la acci\u00f3n<br \/>\nPlazo para deducir acci\u00f3n de precario. Plazo para oponerse a la resoluci\u00f3n que acoge la demanda de precario. El procedimiento de cobro de rentas de arrendamientos se aplica a la acci\u00f3n de simple precario<br \/>\nCobro de rentas de arrendamiento y restituci\u00f3n del inmueble arrendado. Art\u00edculo 18 A de la Ley No 18.101 no exige una determinada particularidad o formalidad en relaci\u00f3n al contrato propiamente tal<br \/>\nAcci\u00f3n de precario. Procedimiento monitorio de cobro de rentas de arrendamientos se aplica a la acci\u00f3n de simple precario.<br \/>\nPlazo legal para oponerse a la resoluci\u00f3n que acoge la demanda de precario es de 10 d\u00edas corridos<br \/>\nAcci\u00f3n de precario conforme al art\u00edculo 18 F de la Ley No 18.101. Proceso monitorio, que es aplicable a la acci\u00f3n de precario, no prev\u00e9 la rendici\u00f3n de medios de prueba sino s\u00f3lo su anuncio<br \/>\nI. El art\u00edculo 13 de la Ley No 18.101 es aplicable a los juicios de comodato precario. II. Regulaci\u00f3n de procedimiento monitorio<br \/>\nIII. Fuerza ejecutiva de sentencia monitoria<br \/>\nAcci\u00f3n de precario en procedimiento monitorio para restituci\u00f3n de inmueble. Requisitos de procedencia<br \/>\nAcci\u00f3n de precario y an\u00e1lisis de recurso de casaci\u00f3n en el fondo<br \/>\nAplicaci\u00f3n err\u00f3nea de normas procesales en juicio de precario<br \/>\nExigencia de t\u00edtulo oponible al demandante en acci\u00f3n de precario<br \/>\nOcupaci\u00f3n ilegal de inmueble. Falta de celeridad en la tramitaci\u00f3n de las acciones legales previstas para obtener la restituci\u00f3n de bien inmueble. Recurso de protecci\u00f3n no es un sustituto procesal<br \/>\nJuicio arbitral sobre arrendamiento de bienes ra\u00edces urbanos<br \/>\nEn procedimiento monitorio s\u00f3lo ser\u00e1 apelable la resoluci\u00f3n que se pronuncie respecto de la oposici\u00f3n del deudor<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO V<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>T\u00c9RMINO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol start=\"18\">\n<li style=\"font-weight: 400;\">Hip\u00f3tesis invocada para poner t\u00e9rmino al contrato de arrendamiento<br \/>\nII. Excepci\u00f3n de contrato no cumplido y de nulidad de la obligaci\u00f3n de pagar las rentas<br \/>\nIII. Cl\u00e1usula penal tiene car\u00e1cter de indemnizaci\u00f3n moratoria<br \/>\nIV. Pago de las obligaciones<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento de bien mueble<br \/>\nEventual consignaci\u00f3n del capital de la deuda no puede conducir al rechazo de la demanda de t\u00e9rmino de contrato. Implica un enriquecimiento sin causa el demandarse el cobro de rentas impagas y vencidas futuras, la opci\u00f3n de compra y el pago de indemnizaci\u00f3n compensatoria<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas<br \/>\nContrato de arrendamiento con plazo determinado. Renovaci\u00f3n autom\u00e1tica del contrato. Incorrecta aplicaci\u00f3n de la instituci\u00f3n del desahucio<br \/>\nT\u00e9rmino del contrato de arrendamiento. Determinaci\u00f3n de la suerte de la prestaci\u00f3n debida afectada por fuerza mayor<br \/>\nRecurso de casaci\u00f3n en procedimiento de arrendamiento. Necesidad de fundamentar errores de derecho y de explicar contenidos jur\u00eddicos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Ni la acci\u00f3n de terminaci\u00f3n por no pago de las rentas, as\u00ed como tampoco la de desahucio requieren de la voluntad del arrendatario para operar. Procedencia de la restituci\u00f3n del inmueble y del pago de las rentas adeudadas<br \/>\nExtinci\u00f3n de Derecho de Arrendador<br \/>\nI. Existencia del contrato de arrendamiento<br \/>\nII. Interpretaci\u00f3n del C\u00f3digo Civil<br \/>\nIII. Sucesi\u00f3n de derechos y obligaciones por fallecimiento<br \/>\nIV. Continuidad de los herederos como arrendadores<br \/>\nRecurso de casaci\u00f3n en t\u00e9rmino de contrato de arrendamiento: Denuncia de nulidad sustancial, vulneraci\u00f3n del objeto del contrato y la excepci\u00f3n de contrato no cumplido, falta de legitimaci\u00f3n ad causam, excepci\u00f3n de nulidad de la obligaci\u00f3n, excepci\u00f3n de resoluci\u00f3n de la obligaci\u00f3n, rescisi\u00f3n del contrato<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Trat\u00e1ndose de una renta mensual, debe ser pagada a m\u00e1s tardar el \u00faltimo d\u00eda de cada per\u00edodo. Insuficiencia probatoria para acreditar el pago de las rentas y cuentas de servicios<br \/>\nJuicio sumario de terminaci\u00f3n de contrato de arriendo. Pago de las rentas insolutas y servicios domiciliarios. Infracci\u00f3n referida a las normas sobre interpretaci\u00f3n de los contratos<br \/>\nRecurso de casaci\u00f3n en arrendamiento. Causal de nulidad formal por omisi\u00f3n en decisi\u00f3n del asunto controvertido. Limitaci\u00f3n de causales de nulidad en leyes especiales. Reclamo de infracci\u00f3n a disposiciones del C\u00f3digo Civil y de la Ley No 18.101<br \/>\nTerminaci\u00f3n del contrato de arrendamiento por no pago rentas. Restricciones de la pandemia no califican por s\u00ed solas como eximentes para el cumplimiento de las obligaciones de arrendatario<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas. Acci\u00f3n por mora de rentas precisas y determinadas comprende \u00e9stas y las que se devenguen durante tramitaci\u00f3n del juicio<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago rentas. Procede eximente de responsabilidad por caso fortuito por medidas de autoridad adoptadas por COVID-19<br \/>\nNulidad de contrato de cesi\u00f3n de derecho de arrendamiento y terminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Contrato de arrendamiento respecto de predio de car\u00e1cter ind\u00edgena sometido a una normativa y resguardo especial<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Ocupaci\u00f3n del inmueble. Contrato de arrendamiento invocado no es lo suficientemente apto para extinguir la tenencia del inmueble<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Es improcedente que por un incumplimiento, el acreedor obtenga el total de rentas adeudadas y el precio de compraventa sin que surja para \u00e9l obligaci\u00f3n de hacer la entrega<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Si demandada pretend\u00eda la declaraci\u00f3n de inexistencia del contrato debi\u00f3 ejercer la acci\u00f3n reconvencional pertinente para ello. Falta de la declaraci\u00f3n sobre el impuesto de primera categor\u00eda no conlleva la nulidad<br \/>\nNulidad absoluta de contrato de arrendamiento y simulaci\u00f3n.<br \/>\nI. Desarrollo doctrinario y jurisprudencia de la simulaci\u00f3n.<br \/>\nII. Existencia de inter\u00e9s para accionar. III. Principio de la normalidad. Procedencia de indemnizaci\u00f3n de perjuicios por da\u00f1o moral<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento de inmueble y entrega inmediata. Facultad para una de las partes, en contrato bilateral, de poder accionar unilateralmente requiere una interpretaci\u00f3n restrictiva<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago rentas<br \/>\nProcede eximente de responsabilidad por caso fortuito por medidas de autoridad adoptadas por COVID-19<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Informaci\u00f3n sobre el corte de suministro el\u00e9ctrico de departamentos. Arrendatario se encuentra legitimado para recurrir ante la amenaza de suspensi\u00f3n del suministro el\u00e9ctrico<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento<br \/>\nI. Doctrina de los actos propios. Principio de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones<br \/>\nII. Arrendador se niega a recibir las rentas de arrendamiento<br \/>\nT\u00e9rmino anticipado del contrato extinguiendo la obligaci\u00f3n de pagar la renta de los d\u00edas que faltasen para su cese, si se encontraba un nuevo arrendatario calificado que continuase con el contrato<br \/>\nCumplimiento de contrato de arrendamiento. Entrega de inmueble en condiciones distintas a las recibidas por arrendatario no impide manifestaci\u00f3n de voluntad de terminar el contrato<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Corresponde a la judicatura determinar el plazo de restituci\u00f3n del inmueble al no existir acuerdo entre las partes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Improcedencia de pactar en contrato de arrendamiento un pacto de honorarios.<br \/>\nHonorarios profesionales por las gestiones de cobranza corresponde al arrendador<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Facultad privativa de los jueces del fondo para apreciar la prueba y establecer los hechos de la causa<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Arrendamiento, concepto y caracter\u00edsticas. Facultades del Tribunal de Casaci\u00f3n<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Concepto de cl\u00e1usula penal. Suficiencia probatoria para acreditar antecedente f\u00e1ctico que hace operar la cl\u00e1usula penal<br \/>\nRecurso de amparo econ\u00f3mico<br \/>\nI. Incumplimiento de un contrato suscrito escapa del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la acci\u00f3n<br \/>\nII. Improcedencia de dejar al libre arbitrio del arrendador la calificaci\u00f3n de la gravedad del incumplimiento de las obligaciones por el arrendatario<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Interpretaci\u00f3n de los contratos. Desnaturalizaci\u00f3n de lo acordado por las partes permite al Tribunal de Casaci\u00f3n revisar la interpretaci\u00f3n contractual<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. T\u00e9rmino de contrato por mutuo consentimiento. Aplicaci\u00f3n de cl\u00e1usula penal y restituci\u00f3n de lo arrendado<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas. Presunci\u00f3n del art\u00edculo 1570 del C\u00f3digo Civil. Carta de pago en arrendamiento de tres per\u00edodos determinados y consecutivos hace presumir pagos de anteriores per\u00edodos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Transacci\u00f3n no produce cosa juzgada. Incumplimiento del requisito de identidad de las partes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Renovaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Deber de pagar las rentas de arrendamiento hasta la restituci\u00f3n del inmueble<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Procedencia de la restituci\u00f3n de la garant\u00eda entregada por el arrendatario al t\u00e9rmino del contrato<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Omisi\u00f3n de la segunda reconvenci\u00f3n de pago en virtud del incidente de correcci\u00f3n del procedimiento planteado en su oportunidad por el recurrente<br \/>\nCumplimiento de contrato de arrendamiento e indemnizaci\u00f3n de perjuicios. T\u00e9rmino unilateral y anticipado de contrato arrendamiento que resulta culpable. Deber de reparar perjuicios causados al contratante diligente<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Todos los socios se encuentran facultados para ejecutar actos conservativos en los bienes comunes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Facultad privativa de los jueces del fondo para establecer los hechos de la causa<br \/>\nTerminaci\u00f3n del contrato de arrendamiento por extinci\u00f3n del derecho del arrendador. Improcedencia que alegaciones de recurrente contravengan las actuaciones que voluntariamente ejecut\u00f3 durante el proceso<br \/>\nT\u00e9rmino de contrato de arrendamiento. Prueba que acredita existencia de arrendamiento e incumplimiento. Restituci\u00f3n del inmueble<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Legitimaci\u00f3n activa.<br \/>\nDemandado no rindi\u00f3 prueba alguna para acreditar el pago de las rentas de arrendamiento. No pago de rentas<br \/>\nAcci\u00f3n de precario. Ocupaci\u00f3n no se debe ni a ignorancia ni a mera tolerancia del actor. Incumplimiento de los requisitos de la acci\u00f3n de precario<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Tribunal de Casaci\u00f3n no puede modificar los hechos establecidos por los jueces del fondo si no hay vulneraci\u00f3n de las leyes reguladoras de la prueba<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Procedencia de la terminaci\u00f3n del contrato por el no pago de las rentas<br \/>\nArrendatario que conoc\u00eda sin lugar a equ\u00edvocos o dudas la especie que arrendaba no puede alegar error en cuanto a ello.<br \/>\nArrendatario que acepta tramitar las patentes necesarias para ejercer giro<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Obligaci\u00f3n del arrendador y obligaciones del arrendatario se sirven rec\u00edpro- camente como causa. Devoluci\u00f3n de las rentas pagadas por anticipado<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Procede petici\u00f3n de pago de rentas adeudadas si demandada no acredita pagos que el actor alega como incumplidos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Facultad de disposici\u00f3n sobre el inmueble permanece en manos del arrendador y nudo propietario. Constituci\u00f3n de usufructo no elimina la facultad del arrendador poner t\u00e9rmino al arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Car\u00e1cter consensual del contrato de arrendamiento de predios urbanos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Subrogaci\u00f3n del nuevo propietario del bien arrendado en los derechos del arrendador. Ejercicio de las acciones y derechos que formaban parte del patrimonio del arrendador<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Existencia de dos sentencias firmes y ejecutoriadas antag\u00f3nicas respecto de una misma materia, seguidas entre las mismas partes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de subarrendamiento. Acuerdo de las partes sobre el mecanismo de comunicaci\u00f3n para evitar la pr\u00f3rroga autom\u00e1tica del contrato<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Existencia de opciones para el arrendatario en caso que el arrendador se niegue a recibir el pago de las rentas<br \/>\nObligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta, gastos por servicio y dem\u00e1s consumos domiciliarios devengados durante la tramitaci\u00f3n del juicio y hasta la restituci\u00f3n del inmueble o el pago<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Obligaciones denunciadas como incumplidas por el demandado que no est\u00e1n vinculadas con el contrato de arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Acuerdo de las partes sobre la vigencia temporal del contrato y el mecanismo de comunicaci\u00f3n para evitar su pr\u00f3rroga autom\u00e1tica. Contrato de arrendamiento a plazo fijo<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por falta de pago de la renta. Omisi\u00f3n de practicar la segunda reconvenci\u00f3n de pago en la audiencia de contestaci\u00f3n de la demanda<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Incumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendador de otorgar al arrendatario el goce de la cosa de acuerdo al uso acordado<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar la renta acordada hasta la restituci\u00f3n. Proscripci\u00f3n del enriquecimiento sin causa<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de subarrendamiento. Entrega de recibo mensual que da cuenta del pago de cada renta no constituye un elemento de la esencia del contrato de arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Obligaci\u00f3n del nuevo propietario del bien arrendado de respetar el arrendamiento cuando ha sido contra\u00eddo por escritura p\u00fablica<br \/>\nContrato de arrendamiento y acci\u00f3n de terminaci\u00f3n de este contrato no requiere que el arrendador sea el propietario del bien<br \/>\nTransferencia del dominio del bien arrendado que no extingue el contrato de arrendamiento<br \/>\nProcedencia de interponer demanda de terminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de servicios b\u00e1sicos<br \/>\nEjercicio de los derechos emanados de un contrato corresponde \u00fanicamente a los contratantes. Tercero ajeno a la relaci\u00f3n contractual y que no representa al arrendador<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. T\u00e1cita reconducci\u00f3n del contrato de arrendamiento. Aceptaci\u00f3n t\u00e1cita del arrendador de la renovaci\u00f3n del contrato<br \/>\nIncumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar las rentas. Procedencia de la condena al pago de la cl\u00e1usula penal. Incumplimiento no imputable a caso fortuito ni hecho de terceros<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Improcedencia de restituir el inmueble al demandante que no es propietario ni ten\u00eda facultad para subarrendar<br \/>\nReconvenci\u00f3n de pago conforme al art\u00edculo 10 de la Ley No 18.101. Presunci\u00f3n de renta en contratos no escriturados ser\u00e1 la que declare el arrendatario. Acci\u00f3n de terminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento permite deducir conjuntamente la de cobro de rentas insolutas<br \/>\nIncumplimiento de la obligaci\u00f3n del arrendatario de pagar oportunamente la renta. Procedencia de condenar al arrendatario al pago de la multa acordada<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Improcedencia de aplicar el art\u00edculo 1489 del C\u00f3digo Civil cuando se demanda la terminaci\u00f3n de un contrato de arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por caso fortuito. Rechazo de patente comercial constituye un acto de autoridad ajeno a la voluntad de las partes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Facultad del cesionario del heredero del arrendador para poner t\u00e9rmino al contrato de arrendamiento. Transmisibilidad de las acciones y derechos<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Art\u00edculo 6o de la Ley No 18.101 est\u00e1 referido a la restituci\u00f3n material, no jur\u00eddica del predio urbano arrendado<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Acreedor hipotecario no est\u00e1 obligado a respetar el contrato de arrendamiento celebrado por escritura p\u00fablica<br \/>\nT\u00e9rmino de contrato de arrendamiento. Facultad para demandar solo por el incumplimiento en la obligaci\u00f3n de pago de los servicios y\/o gastos comunes<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Certificados de anotaciones y dominio vigente que da cuenta de un t\u00edtulo de mera tenencia, quedando acreditada as\u00ed la entrega de la cosa objeto del contrato de arrendamiento<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Expiraci\u00f3n del arrendamiento por extinci\u00f3n del derecho del arrendador. Procedencia que el nuevo propietario demande la restituci\u00f3n del inmueble<br \/>\nExpiraci\u00f3n del contrato de arrendamiento. Restituci\u00f3n del inmueble. Arrendador que dio \u00edntegro cumplimiento a exigencias previstas en contrato para poner t\u00e9rmino al mismo<br \/>\nT\u00e9rmino del contrato de arrendamiento por culpa del arrendatario, ser\u00e1 este obligado al pago de la indemnizaci\u00f3n de los perjuicios<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO VI<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DESAHUCIO<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Contrato de arrendamiento que estipula vigencia de cinco a\u00f1os. Carta certificada que no produce el efecto de desahuciar el contrato<br \/>\nDesahucio es la forma unilateral de terminaci\u00f3n del contrato de arriendo. Falta de notificaci\u00f3n de un supuesto subarrendatario no es un vicio de nulidad, sino que de inoponibilidad<br \/>\nNi la acci\u00f3n de terminaci\u00f3n por no pago de las rentas, as\u00ed como tampoco la de desahucio requieren de la voluntad del arrendatario para operar<br \/>\nLa figura del desahucio como facultad del arrendador para poner fin al contrato. Procedencia del desahucio como consecuencia del incumplimiento<br \/>\nProcedencia de desahucio. Si no se acredita la existencia de un contrato de arrendamiento consensual no probado, no se puede acoger la pretensi\u00f3n subsidiaria de declararlo desahuciado<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento. Existencia de solemnidades respecto al contrato de arrendamiento de predios r\u00fasticos o rurales de uso agr\u00edcola<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento de inmueble y entrega inmediata. Facultad para una de las partes para accionar unilateralmente<br \/>\nDesahucio del contrato de arrendamiento. Improcedencia de desahucio en un arrendamiento a plazo fijo<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Arrendador que no comunica el desahucio conforme a la ley. Improcedencia de restituci\u00f3n del inmueble v\u00eda auto tutela<br \/>\nDesahucio del contrato de arrendamiento. Plazo de restituci\u00f3n del bien. Aplicaci\u00f3n del art. 1951 del C\u00f3digo Civil si el contrato no fija tiempo o per\u00edodo para su duraci\u00f3n<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento. Suficiencia probatoria para acreditar existencia de contrato. Cumplimiento del plazo m\u00e1ximo de desahucio<br \/>\nContrato que no fue desahuciado oportunamente. Pago de rentas adeudadas y las generadas hasta instalaci\u00f3n de nuevo kiosko, en el lugar que ocupaba el dado en arrendamiento<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento. Sentencia razona correctamente al acoger la demanda de desahucio de contrato de arrendamiento<br \/>\nContrato de arrendamiento a plazo fijo, cuyo desahucio no fue ajustado a derecho. Entrega de facto del inmueble. Procedencia del pago de indemnizaci\u00f3n de perjuicios<br \/>\nRegulaci\u00f3n normativa del desahucio en el contrato de arrendamiento de bienes ra\u00edces urbanos. Concepto<br \/>\nV\u00ednculo obligacional que se establece a trav\u00e9s del contrato es transitorio. Contrato de arrendamiento indefinido, cualquiera de las partes puede desahuciarlo<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento. Aplicaci\u00f3n del art. 4\u00ba de la Ley sobre Arrendamiento de Predios Urbanos a contratos a plazo fijo que no excedan de un a\u00f1o<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento de car\u00e1cter indefinido solo puede realizarse judicialmente o mediante notificaci\u00f3n personal efectuada por un Notario<br \/>\nV\u00ednculo en un contrato patrimonial debe ser temporal, no perpetuo. Procedencia que cualquiera de las partes pueda poner t\u00e9rmino al contrato de arrendamiento a trav\u00e9s del desahucio<br \/>\nDesahucio de contrato de arrendamiento de car\u00e1cter indefinido solo puede realizarse judicialmente o mediante notificaci\u00f3n personal efectuada por un Notario<br \/>\nTransformaci\u00f3n del contrato a plazo en un contrato por per\u00edodos mensuales. Procedencia de la acci\u00f3n de desahucio<br \/>\nPlazo de desahucio en contratos de arrendamientos cuya duraci\u00f3n se pacta mes a mes o es indefinida. Car\u00e1cter de orden p\u00fablico de la norma sobre desahucio del art. 3o de la Ley sobre Arrendamiento de Predios Urbanos<br \/>\nContrato a plazo fijo que no excede de un a\u00f1o. Improcedencia de aplicar la regla sobre desahucio y la regla sobre restituci\u00f3n de los art\u00edculos 3o y 4o de la Ley No 18.101<br \/>\nContrato de arrendamiento indefinido. Desahucio por el arrendador \u00fanicamente puede efectuarse judicialmente o mediante notificaci\u00f3n personal por un Notario<br \/>\nIncumplimiento de la forma de poner t\u00e9rmino al contrato de arrendamiento pactada por las partes impide el desahucio del mismo<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Facultad del arrendador de un bien ra\u00edz urbano para poner t\u00e9rmino al contrato de arrendamiento mediante la solicitud de desahucio<br \/>\nRechazar la acci\u00f3n de terminaci\u00f3n del contrato de arrendamiento no obsta acoger la acci\u00f3n de desahucio. El desahucio no es solo dar noticia de no perseverar un contrato, sino que permite cobrar rentas adeudadas<br \/>\nDemanda de desahucio. Rentas de arrendamiento impagas deben ser pagadas hasta la restituci\u00f3n del inmueble<br \/>\nDesahucio del contrato de arrendamiento. Arrendatario desahuciado est\u00e1 obligado a pagar la renta s\u00f3lo hasta el d\u00eda de la restituci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO VII<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>ARRENDAMIENTO DE PREDIOS R\u00daSTICOS<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Terminaci\u00f3n de contratos de arrendamiento de predios r\u00fasticos. Carece de relevancia la calidad de ind\u00edgena de los herederos o causahabientes de quien contrat\u00f3 en calidad de arrendatario.<br \/>\nFraude a la ley<br \/>\nContrato de arrendamiento. Predio r\u00fastico. No pago de rentas.<br \/>\nContrato solemne. Falta de la solemnidad. Sanciones. Falta de eficacia probatoria<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Venta del predio r\u00fastico por parte del primitivo arrendador. Nuevo propietario est\u00e1 obligado a respetar el arrendamiento<br \/>\nContratos deben ejecutarse de buena fe. Apreciaci\u00f3n en abstracto de la buena fe en materia contractual. Procedencia de pactar que la renta se pagar\u00e1 anualmente trat\u00e1ndose de un predio r\u00fastico<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO VIII<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DERECHO LEGAL DE RETENCI\u00d3N<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Juicio sumario de terminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas. Aplicaci\u00f3n de derecho legal de retenci\u00f3n en contratos de arriendo<br \/>\nResoluci\u00f3n de contrato de arriendo. Devoluci\u00f3n de la garant\u00eda a la parte arrendataria y demandante. Terminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas. Acci\u00f3n de cobro de rentas insolutas<br \/>\nRetenci\u00f3n de especies de propiedad de la actora si en el contrato de arriendo no existe cl\u00e1usula alguna que faculte al recurrido para efectuar dicha apropiaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO IX<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>INCUMPLIMENTO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COVID-19<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">COVID-19. Arrendataria tom\u00f3, de su cargo y riesgo, los gastos que pudiere ocasionar el cumplimiento de \u00f3rdenes o disposiciones impartidas por la autoridad. Terminaci\u00f3n del contrato o concesi\u00f3n de rebaja de la renta<br \/>\nLimitaciones por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa arrendada. Deuda de un mes de renta carece de relevancia ante la p\u00e9rdida de utilidad de cosa para fines previstos en contrato<br \/>\nT\u00e9rmino de contrato de arrendamiento e indemnizaci\u00f3n de perjuicios. Pandemia. Procede indemnizaci\u00f3n de perjuicios por da\u00f1o emergente. Deterioro del inmueble abandonado por la arrendataria<br \/>\nLimitaciones dispuestas por COVID-19 configura anomal\u00eda de cosa arrendada conforme el art. 1932 del C\u00f3digo Civil. Medidas transitorias de confinamiento total impidi\u00f3 dar al bien arrendado el uso comercial para el que fue arrendado<br \/>\nPago solidario de rentas de arrendamiento. Claro desequilibrio en obligaciones de partes en contra de arrendatario, por imposibilidad de usar la cosa para fin contratado durante el COVID-19<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento por no pago rentas. Procede eximente de responsabilidad por caso fortuito por medidas de autoridad adoptadas por COVID-19<br \/>\nCOVID-19 cumple con requisitos del caso fortuito. Deber de distinguir los casos en que a causa de dicha situaci\u00f3n la ejecuci\u00f3n de la obligaci\u00f3n contractual se torna imposible o si la dificultad es simplemente relativa<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Medidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Limitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades, dispuesta por la autoridad por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento. Medidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Cumple con los tres requisitos del caso fortuito. Medidas restrictivas de la autoridad podr\u00edan llegar a considerarse como caso fortuito<br \/>\nLey No 21.226 suspende los t\u00e9rminos probatorios que a la entrada en vigencia de la ley hubiesen empezado a correr o los que se inicien durante vigencia de estado de excepci\u00f3n constitucional de cat\u00e1strofe por COVID-19<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Procedimiento de restituci\u00f3n administrativa de bien inmueble fiscal. Medidas adoptadas a ra\u00edz de enfermedad COVID-19<br \/>\nLimitaciones dispuestas por COVID-19. Riesgo relacionado con la cosa, que es de cargo del arrendador, permite al arrendatario la suspensi\u00f3n del pago de la renta convenida<br \/>\nTerminaci\u00f3n de contrato de arrendamiento y restituci\u00f3n de inmueble. Posibilidad de poner t\u00e9rmino inmediato en caso de no pago de rentas o servicios b\u00e1sicos. Pacto comisorio calificado<br \/>\nLimitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades, dispuesta por la autoridad administrativa destinada a mitigar o impedir los contagios por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa, de tipo jur\u00eddica<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Caso fortuito. Impedimento para que la cosa sirva para el objeto para el cual fue destinada, permitiendo extender su alcance a hechos externos<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Inmueble arrendado no reuni\u00f3 las condiciones necesarias que le permitiera ser destinado a oficina por disponerlo as\u00ed la autoridad sanitaria<br \/>\nResoluci\u00f3n de contrato de arrendamiento con indemnizaci\u00f3n de perjuicios. Inmueble arrendado no puede obtener patente comercial mientras no se regularice la recepci\u00f3n\u00a0de las obras<br \/>\nLimitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades dispuesta por la autoridad por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa. Permite al arrendatario la suspensi\u00f3n del pago de la renta<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Limitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades, dispuesta por la autoridad, configura una anomal\u00eda de la cosa<br \/>\nImprocedencia de invocar medidas adoptadas por la autoridad a ra\u00edz de COVID-19 para la terminaci\u00f3n del contrato o la concesi\u00f3n de una rebaja de la renta<br \/>\nLimitaciones dispuestas a ra\u00edz del COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa arrendada conforme el art\u00edculo 1932 del C\u00f3digo Civil. Riesgo relacionado con la cosa es de cargo del arrendador<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19 alteraron la actividad econ\u00f3mica y social del pa\u00eds. Riesgo relacionado con la cosa permite al arrendatario la suspensi\u00f3n del pago de la renta convenida<br \/>\nAplicaci\u00f3n de indemnizaci\u00f3n moratoria es sanci\u00f3n excesiva, considerando imposibilidad de usar la cosa para fin contratado durante vigencia de las medidas restrictivas impuestas por COVID-19<br \/>\nProcede eximente de responsabilidad por caso fortuito. Rebaja de c\u00e1nones de arrendamiento por restricciones impuestas durante la pandemia que constituyeron impedimento para el goce de la cosa<br \/>\nLimitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades, dispuesta por la autoridad administrativa destinada a mitigar o impedir los contagios por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa, de tipo jur\u00eddica<br \/>\nCOVID-19. Inmueble no reuni\u00f3 las condiciones necesarias para ser destinado a centro comercial por disponerlo la autoridad sanitaria. Arrendatario tuvo derecho o pudo liberarse de pagar la renta<br \/>\nCOVID-19 cumple con los tres requisitos del caso fortuito. Medidas restrictivas de la autoridad, eventualmente podr\u00edan llegar a considerarse en algunas situaciones como caso fortuito<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Ley No 21.226 ordena la suspensi\u00f3n de los t\u00e9rminos probatorios durante la vigencia del estado de excepci\u00f3n constitucional de cat\u00e1strofe<br \/>\nRecurso de protecci\u00f3n. Procedimiento de restituci\u00f3n administrativa de bien inmueble fiscal. Medidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Restituci\u00f3n conforme al art. 19 del D.L. No 1.939<br \/>\nCOVID-19. Error de derecho al disponerse el pago de rentas por el periodo en que el inmueble local comercial no pudo ser utilizado por la demandada<br \/>\nCOVID-19 Cumple con los requisitos del caso fortuito. Propietario del bien arrendado debe soportar el costo por el cierre del inmueble dispuesto por la autoridad sanitaria<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Limitaci\u00f3n para el desarrollo de ciertas actividades, dispuesta por la autoridad para mitigar o impedir los contagios por COVID-19, configura una anomal\u00eda de la cosa<br \/>\nMedidas adoptadas a ra\u00edz de COVID-19. Inmueble arrendado no reuni\u00f3 las condiciones necesarias que le permitiera ser destinado a oficina por disponerlo as\u00ed la autoridad sanitaria. Pago de renta durante prohibici\u00f3n<br \/>\nCOVID-19 Cumple con los tres requisitos del caso fortuito. Medidas restrictivas de la autoridad eventualmente podr\u00edan llegar a considerarse en algunas situaciones como caso fortuito<br \/>\nLimitaci\u00f3n de desarrollo de ciertas actividades por COVID-19. Riesgo relacionado con la cosa que es de cargo del arrendador, permite al arrendatario la suspensi\u00f3n del pago de la renta reconvenida<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buscas un libro Jur\u00eddico.? Lo puedes encontrar en nuestra tienda virtual.<br \/>\nContamos con prestigiosos autores y muchas alternativas en sus diferentes materias al igual que grandes descuentos.! 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