{"id":2770,"date":"2026-02-28T01:05:25","date_gmt":"2026-02-28T04:05:25","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=2770"},"modified":"2026-02-28T01:06:02","modified_gmt":"2026-02-28T04:06:02","slug":"derecho-comercial-tomo-xiii-derecho-bancario-publico-derecho-bancario-privado-banca-electronica-y-derecho-comparado-ano-septiembre-2021-490-pag-autor-ricardo-sandoval-lopez","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/derecho-comercial-tomo-xiii-derecho-bancario-publico-derecho-bancario-privado-banca-electronica-y-derecho-comparado-ano-septiembre-2021-490-pag-autor-ricardo-sandoval-lopez\/","title":{"rendered":"Derecho Comercial &#8211; Tomo XIII &#8211; Derecho Bancario Publico , Derecho Bancario Privado, Banca Electr\u00f3nica y Derecho Comparado. A\u00f1o Septiembre 2021\/ 490 P\u00e1g. Autor Ricardo Sandoval L\u00f3pez"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">La actividad bancaria en nuestro pa\u00eds no cesa de crecer en los primeros a\u00f1os del siglo veintiuno, al punto que un enorme porcentaje de personas hace uso de sus servicios, particularmente a trav\u00e9s de la operaci\u00f3n de cuentas corrientes, cuentas de ahorro y por el empleo de las tarjetas de d\u00e9bito y cr\u00e9dito emitidas por las distintas entidades bancarias, ya sea del Banco Estado o de bancos privados, cuyo uso deviene imprescindible en el comercio, en las empresas p\u00fablicas y privadas, que las reciben de preferencia al dinero efectivo, por el temor al contagio que pueden traer consigo los billetes que transitan entre miles de manos.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Esta obra est\u00e1 dividida en dos grandes partes, se ocupa del derecho Bancario P\u00fablico y Privado, en las actuales versiones, despu\u00e9s de innumerables cambios que han sufrido en el transcurso de la historia en nuestro medio.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Trat\u00e1ndose del Derecho Bancario P\u00fablico, existe un significativo progreso legal, toda vez que el DFL N\u00b03 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la Ley General de Bancos, ha sido recientemente modificado por la Ley N\u00b021.000, publicada en el Diario Oficial de 12 de enero de 2019, denominada \u201cModerniza la Legislaci\u00f3n Bancaria, vigente desde la fecha de su publicaci\u00f3n\u201d. El texto legal reci\u00e9n citado, regula las atribuciones y funciones de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero (CMF), a la cual se han integrado la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Valores y Seguros, entidades estas \u00faltimas que han sido suprimidas. Este libro hace un estudio pormonerizado de las atribuciones de autoridad p\u00fablica fiscalizadora antes referida, que se ejercen tanto respecto del Banco Estado y de las dem\u00e1s empresas del rubro.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">El Derecho Bancario Privado, que forma parte del \u00e1mbito del Derecho Comercial, configura el contenido medular de este trabajo, abordando el an\u00e1lisis de las operaciones bancarias modernas y habida consideraci\u00f3n del empleo de las nuevas tecnolog\u00edas de la inform\u00e1tica y las telecomunicaciones, en el dominio bancario, el estudio de la banca electr\u00f3nica, sus diversas modalidades de operaci\u00f3n, o que implica un significativo aporte a nuestra literatura jur\u00eddica.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\n<p><b><strong>PRIMERA PARTE<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DEL DEREHCO BANCARIO EN GENERAL Y DEL DERECHO P\u00daBLICO BANCARIO EN ESPECIAL<\/strong><\/b><\/p>\n<p>1. Introducci\u00f3n<br \/>\n2. Plan de desarrollo<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA NOCI\u00d3N DE DERECHO BANCARIO<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales del derecho bancario<\/p>\n<p>3. Evoluci\u00f3n hist\u00f3rica de la actividad bancaria<br \/>\n4. Principios del derecho bancario actual<br \/>\n5. Caracter\u00edsticas de la actividad bancaria actual<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Evoluci\u00f3n de la actividad y de la legislaci\u00f3n bancaria en Chile<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li style=\"font-weight: 400;\">Los primeros bancos comerciales en el pa\u00eds<br \/>\n7. Desarrollo hist\u00f3rico de la legislaci\u00f3n bancaria en Chile<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Secci\u00f3n III. El concepto de derecho bancario, objeto y su contenido p\u00fablico y privado<\/p>\n<p>8. Noci\u00f3n de derecho bancario y su pretendida autonom\u00eda<\/p>\n<p>Secci\u00f3n IV. Las fuentes del derecho bancario<\/p>\n<p>9. Noci\u00f3n previa<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo I. Fuentes de derecho p\u00fablico bancario<\/p>\n<p>10. Fuente principal<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo II. Fuentes de derecho privado bancario<\/p>\n<p>11. Las principales fuentes<br \/>\n12. La costumbre como fuente del derecho privado bancario<\/p>\n<p>Secci\u00f3n V. Las fuentes del derecho bancario en derecho comparado<\/p>\n<p>13. Derecho franc\u00e9s<br \/>\n14. Normativa espa\u00f1ola aplicable al mercado financiero<br \/>\n15. Legislaci\u00f3n espa\u00f1ola sobre la actividad de la banca<br \/>\n16. La contrataci\u00f3n bancaria en derecho espa\u00f1ol<br \/>\n17. Fuentes legales del sistema financiero argentino<br \/>\n18. Fuentes del derecho bancario en la Rep\u00fablica de Colombia<br \/>\n19. Importante reforma del sector financiero de Colombia<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DERECHO P\u00daBLICO BANCARIO<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales<\/p>\n<p>20. Normativa fundamental aplicable a los bancos<br \/>\n21. Definici\u00f3n legal de banco<br \/>\n22. Cr\u00edtica a la definici\u00f3n legal de banco<br \/>\n23. Noci\u00f3n de banco en derecho comparado: derecho franc\u00e9s<br \/>\n24. La idea de banco en derecho argentino<br \/>\n25. La noci\u00f3n de banco en derecho argentino<br \/>\n26. La ausencia de definici\u00f3n de banco en derecho mexicano<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. La exclusividad del ejercicio del giro bancario y las normas exclusivas aplicables a los bancos<\/p>\n<p>27. La prohibici\u00f3n legal del ejercicio de la actividad bancaria<br \/>\n28. La protecci\u00f3n legal de la exclusividad del ejercicio de la actividad bancario<br \/>\n29. Normativa aplicable en forma exclusiva a los bancos<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. La constituci\u00f3n de las entidades bancarias<\/p>\n<p>30. Procedimiento constitutivo<br \/>\n31. Capital, reservas y dividendos de los bancos<\/p>\n<p>Secci\u00f3n IV. La administraci\u00f3n de los bancos<\/p>\n<p>32. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Secci\u00f3n V. Algunos aspectos de la creaci\u00f3n y del funcionamiento de los bancos en derecho comparado<\/p>\n<p>33. Requisitos de acceso a la actividad bancaria de los establecimientos de cr\u00e9dito franceses<br \/>\n34. Diversas categor\u00edas de establecimientos de cr\u00e9dito franceses<br \/>\n35. C\u00f3digo del Mercado Bancario de Espa\u00f1a<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA FISCALIZACI\u00d3N DE LOS BANCOS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales de la fiscalizaci\u00f3n<\/p>\n<p>36. Desarrollo hist\u00f3rico de la fiscalizaci\u00f3n en el derecho objetivo nacional<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. La supervisi\u00f3n actual del sistema fianciero<\/p>\n<p>37. El organismo p\u00fablico fiscalizador: Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero (CMF)<br \/>\n38. Normativa aplicable a la CMF<br \/>\n39. Personas y entidades que fiscaliza la CMF<br \/>\n40. Entidades excluidas de la fiscalizaci\u00f3n de la CMF<br \/>\n41. Estructura organizativa de la CMF<br \/>\n42. La separaci\u00f3n de funciones en la CMF<br \/>\n43. Atribuciones y funciones de la CMF<br \/>\n44. La unidad de investigaci\u00f3n de la CMF<br \/>\n45. Atribuciones y deberes del fiscal<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. Competencia de la CMF en el \u00e1mbito bancario<\/p>\n<p>46. Funciones y atribuciones especiales de la CMF en esta materia<br \/>\n47. Otras atribuciones de la CMF<br \/>\n48. Sanciones aplicables por la CMF<br \/>\n49. Funcionamiento de la CMF<\/p>\n<p>Secci\u00f3n IV. La fiscalizaci\u00f3n de los bancos en derecho comparado<\/p>\n<p>50. Instituciones de fiscalizaci\u00f3n de los establecimientos de cr\u00e9dito franceses<br \/>\n51. La entidad supervisora de los bancos en Espa\u00f1a<br \/>\n52. La fiscalizaci\u00f3n bancaria en M\u00e9xico<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA PROTECCI\u00d3N DEL CONSUMIDOR DE SERVICIOS FINANCIEROS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. La reforma introducida por la Ley N\u00b020.555 de 2011<\/p>\n<p>53. Atribuciones del SERNAC en el orden financiero<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo I. Derechos del consumidor de servicios financieros<\/p>\n<p>54. Nuevos derechos de los consumidores<br \/>\n55. La noci\u00f3n de consumidor financiero<br \/>\n56. El concepto de proveedor de servicios financieros<br \/>\n57. La idea de cr\u00e9dito hipotecario<br \/>\n58. La noci\u00f3n de tarjeta de cr\u00e9dito<br \/>\n59. \u00bfDerecho de retracto en materia financiera?<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo II. Obligaciones, prohibiciones y sanciones referentes a los proveedores de servicios financieros<\/p>\n<p>60. Impropiedad del lenguaje<br \/>\n61. Obligaci\u00f3n de proporcionar informaciones en los contratos de adhesi\u00f3n<br \/>\n62. Informaci\u00f3n relativa de los contratos de adhesi\u00f3n de servicios crediticios, de seguros y, en general, de cualquier servicio financiero<br \/>\n63. Obligaci\u00f3n del proveedor de incluir hoja de resumen en contratos de adhesi\u00f3n de servicios financieros<br \/>\n64. Importancia de estas informaciones proporcionadas al consumidor<br \/>\n65. Prohibici\u00f3n de efectuar cambios de precios y de otros cargos<br \/>\n66. Obligaci\u00f3n de los proveedores de no retrasar el t\u00e9rmino de los contratos<br \/>\n67. Informaci\u00f3n especial para avalistas, fiadores y codeudores solidarios<br \/>\n68. Pago autom\u00e1tico o por transferencia<br \/>\n69. Acci\u00f3n de nulidad de cl\u00e1usula o cl\u00e1usulas abusivas<br \/>\n70. Env\u00edo de ofertas a domicilio<br \/>\n71. Publicidad de la Carga Anual Equivalente (CAE)<br \/>\n72. Prohibici\u00f3n de ofrecer o prestar servicios financieros \u201catados\u201d<br \/>\n73. Prohibici\u00f3n de aumentar precios, tasas de inter\u00e9s y otros cargos de servicios dependientes<br \/>\n74. Prohibici\u00f3n de condicionar la compra de bienes o servicios financieros al pago efectuado con medio operado por el mismo proveedor<br \/>\n75. Situaci\u00f3n de los mandatos conferidos por el consumidor<br \/>\n76. Sanciones aplicables a los proveedores de servicios financieros<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo III. La creaci\u00f3n del sello Sernac<\/p>\n<p>77. Normativa aplicable<br \/>\n78. Noci\u00f3n de sello Sernac<br \/>\n79. Requisitos para el otorgamiento del sello<br \/>\n80. Contratos de adhesi\u00f3n respecto de los cuales se puede solicitar el sello sernac<br \/>\n81. Cambios en un contrato con sello<br \/>\n82. Revocaci\u00f3n del sello<br \/>\n83. Reflexi\u00f3n final sobre el sello SERNAC<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo IV. El servicio de atenci\u00f3n al cliente y el sistema de soluci\u00f3n de controversias<\/p>\n<p>84. Servicio de atenci\u00f3n al cliente<br \/>\n85. Sistema alternativo de soluci\u00f3n de controversias<br \/>\n86. Competencia del mediador o del \u00e1rbitro financiero<br \/>\n87. N\u00f3mina de mediadores y de \u00e1rbitros<br \/>\n88. Funci\u00f3n del mediador y del \u00e1rbitro<br \/>\n89. Forma en que dirime la contienda<br \/>\n90. Incumplimiento de la propuesta de acuerdo o de la sentencia definitiva<br \/>\n91. Comentario sobre la utilidad de la mediaci\u00f3n y del arbitraje<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo V. Prescripci\u00f3n de las acciones por incumplimiento<\/p>\n<p>92. Plazo de prescripci\u00f3n<br \/>\n93. Suspensi\u00f3n del plazo de prescripci\u00f3n<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo VI. Comentario de un caso real sobre cl\u00e1usulas abusivas en contrato de adhesi\u00f3n de servicios financieros<\/p>\n<p>94. La norma legal aplicable<br \/>\n95. El caso concreto que tuvo lugar en la pr\u00e1ctica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. La reforma de la LPC introducida por la Ley N\u00b021.089 de 2018<\/p>\n<p>96. Hito relevante en la evoluci\u00f3n de la LPC<br \/>\n97. Diferencias entre el Mensaje 141-362, de 2014 y la Ley N\u00b021.081, de 2018<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. La intervenci\u00f3n judicial en el contrato de adhesi\u00f3n<\/p>\n<p>98. Situaci\u00f3n actual<br \/>\n99. El control preventivo de las cl\u00e1usulas abusivas<\/p>\n<p><b><strong>SEGUNDA PARTE<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DEL DERECHO PRIVADO BANCARIO<\/strong><\/b><\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DERECHO PRIVADO BANCARIO EN GENERAL<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Las fuentes del derecho privado bancario<\/p>\n<p>100. Diversidad de fuentes legales<br \/>\n101. Como se resuelve la ausencia de fuentes de normativa espec\u00edfica sobre operaciones bancarias<br \/>\n102. Las condiciones generales y las costumbres bancarias<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Las operaciones bancarias<\/p>\n<p>103. Concepto y enumeraci\u00f3n de las operaciones bancarias<br \/>\n104. Tipificaci\u00f3n jur\u00eddica de las operaciones bancarias<br \/>\n105. Clasificaci\u00f3n de las operaciones bancarias<br \/>\n106. Las novedades en la actividad bancaria y financiera<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA INNOVCACI\u00d3N EN LAS OPERACIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>107. Advertencia<\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. La cesi\u00f3n temporal de activos financieros<\/p>\n<p>108. Importancia y elementos<br \/>\n109. Naturaleza jur\u00eddica de la operaci\u00f3n de cesi\u00f3n temporal de activos<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Instrumentos jur\u00eddicos de gesti\u00f3n de riesgo financiero<\/p>\n<p>110. Requisitos comunes de estos instrumentos<br \/>\n111. La operaci\u00f3n de forward<br \/>\n112. Efectos jur\u00eddicos y caracter\u00edsticas de la operaci\u00f3n de forward<br \/>\n113. Naturaleza jur\u00eddica de la operaci\u00f3n de forward<br \/>\n114. Modalidades de la operaci\u00f3n de forward<br \/>\n115. La operaci\u00f3n de futuro financiero<br \/>\n116. La operaci\u00f3n de futuro burs\u00e1til<br \/>\n117. Elementos comunes de las operaciones de futuros burs\u00e1tiles<br \/>\n118. La operaci\u00f3n financiera<br \/>\n119. Modalidades de opci\u00f3n financiera<br \/>\n120. La operaci\u00f3n de swap o permuta financiera<br \/>\n121. Caracter\u00edsticas de la operaci\u00f3n de permuta financiera<br \/>\n122. La naturaleza jur\u00eddica de la permuta financiera<br \/>\n123. Modalidades de la permuta financiera<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>EL SECRETO Y LA RESERVA BANCARIOS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales<\/p>\n<p>124. La evoluci\u00f3n del secreto bancario<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. El secreto y la reserva bancarios en Chile<\/p>\n<p>125. Normativa aplicable<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo I. El secreto bancario<\/p>\n<p>126. Noci\u00f3n de secreto bancario<br \/>\n127. Excepciones al secreto bancario<br \/>\n128. El secreto bancario en otras leyes<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo II. La reserva bancaria<\/p>\n<p>129. Operaciones bancarias sujetas a reserva<br \/>\n130. Excepciones a la reserva bancaria<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. El secreto bancario en derecho comparado<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo I. El derecho franc\u00e9s en la materia<\/p>\n<p>131. El deber de secreto<br \/>\n132. Excepciones al secreto bancario en el derecho franc\u00e9s<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo II. El deber de informaci\u00f3n<\/p>\n<p>133. Creaci\u00f3n jurisprudencial<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo III. El deber de vigilancia en derecho franc\u00e9s<\/p>\n<p>134. El principio de no injerencia o de no intromisi\u00f3n<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo IV. El secreto bancario en derecho espa\u00f1ol<\/p>\n<p>135. Normativa aplicable<br \/>\n136. Excepciones al secreto bancario en el derecho espa\u00f1ol<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo V. El secreto bancario en el derecho suizo<\/p>\n<p>137. Secreto bancario absoluto y evoluci\u00f3n<\/p>\n<p>P\u00e1rrafo VI. El secreto bancario en legislaci\u00f3n de M\u00e9xico<\/p>\n<p>138. Derecho aplicable<br \/>\n139. Excepciones al secreto bancario en el derecho mexicano<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>EL ENTORNO ELECTR\u00d3NICO DE LA CONTRATACI\u00d3N BANCARIA<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Los or\u00edgenes de la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica en general<\/p>\n<p>140. Los inicios de esta contrataci\u00f3n<br \/>\n141. El advenimiento de un derecho de las nuevas tecnolog\u00edas<br \/>\n142. La ley Modelo de Comercio Electr\u00f3nico y los instrumentos jur\u00eddicos posteriores<br \/>\n143. Internet y la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<br \/>\n144. La eficacia jur\u00eddica de los contratos celebrados por v\u00eda electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Principios que informan el entorno electr\u00f3nico<\/p>\n<p>145. Ideas orientadoras b\u00e1sicas<br \/>\n146. Principio de equivalencia funcional<br \/>\n147. La equivalencia funcional en el derecho chileno<br \/>\n148. El principio de neutralidad tecnol\u00f3gica<br \/>\n149. El principio de actuaci\u00f3n de buena fe<br \/>\n150. El principio de libre prestaci\u00f3n de servicios<br \/>\n151. El principio de compatibilidad internacional<br \/>\n152. El principio de la inmutabilidad del derecho de las obligaciones y contratos<br \/>\n153. Normas de reciente promulgaci\u00f3n en el derecho objetivo chileno de inobservancia de este principio<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Secci\u00f3n III. Los elementos del entorno electr\u00f3nico<\/p>\n<ol start=\"154\">\n<li style=\"font-weight: 400;\">Elementos materiales y subjetivos<br \/>\n155. Los elementos materiales<br \/>\n156. El sistema de informaci\u00f3n<br \/>\n157. Sistema automatizado de mensajes electr\u00f3nicos<br \/>\n158. La firma electr\u00f3nica como elemento objetivo<br \/>\n159. Elementos subjetivos del entorno electr\u00f3nico<br \/>\n160. Concepto de iniciador<br \/>\n161. Concepto de destinatario<br \/>\n162. Intermediarios del entorno electr\u00f3nico<br \/>\n163. Los prestadores de servicios de certificaci\u00f3n de firmas electr\u00f3nicas<br \/>\n164. Mensaje de datos, comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica y documento original<br \/>\n166. Mensaje de datos, comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica como medio de prueba de las obligaciones contractuales<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO V<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>CONTRATACI\u00d3N ELECTR\u00d3NICA Y SU EMPLEO EN LA ACTIVIDAD BANCARIA<\/strong><\/b><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Secci\u00f3n I. Aspectos generales de la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<\/p>\n<p>167. Introducci\u00f3n<br \/>\n168. La idea de la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<br \/>\n169. El concepto de contrato electr\u00f3nico<br \/>\n170. Fundamentos de validez de la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. El empleo de las comunicaciones electr\u00f3nicas en la contrataci\u00f3n bancaria internacional<\/p>\n<p>171. Reconocimiento jur\u00eddico de las comunicaciones electr\u00f3nicas<br \/>\n172. Requisitos de forma de la contrataci\u00f3n por comunicaciones electr\u00f3nicas<br \/>\n173. La ubicaci\u00f3n de las partes en la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<br \/>\n174. El momento y lugar del env\u00edo y la recepci\u00f3n de las comunicaciones electr\u00f3nicas<br \/>\n175. Invitaci\u00f3n a presentar ofertas empleando comunicaciones electr\u00f3nicas<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. El perfeccionamiento del contrato por v\u00eda electr\u00f3nica<\/p>\n<p>176. La declaraci\u00f3n de voluntad expresada en forma electr\u00f3nica<br \/>\n177. El acuse de recibo en las comunicaciones electr\u00f3nicas<br \/>\n178. El instante en que se perfecciona el contrato celebrado por medios electr\u00f3nicos<br \/>\n179. El momento en que se perfecciona el contrato en el derecho objetivo nacional<br \/>\n180. El lugar de perfeccionamiento del contrato electr\u00f3nico<br \/>\n181. El cumplimiento electr\u00f3nico de las obligaciones contractuales<br \/>\n182. La identidad de las partes en la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<br \/>\n183. Aplicaci\u00f3n de las normas chilenas a la formaci\u00f3n del consentimiento electr\u00f3nico<br \/>\n184. Contrataci\u00f3n electr\u00f3nica y condiciones generales de la contrataci\u00f3n<br \/>\n185. Protecci\u00f3n de los consumidores en la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO VI<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA FIRMA EL<\/strong><\/b><b><strong>ECTR\u00d3NICA MEDIO DE SEGURIDAD EN LA CONTRATACI\u00d3N BANCARIA ELECTR\u00d3NICA<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Secci\u00f3n I. Nociones generales sobre la firma y la firma electr\u00f3nica<\/p>\n<p>186. Funciones de la firma en general<br \/>\n187. Noci\u00f3n de firma electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. La firma electr\u00f3nica en el derecho objetivo nacional<\/p>\n<p>188. Normativa aplicable<br \/>\n189. Rasgos esenciales de la firma electr\u00f3nica<br \/>\n190. El env\u00edo y la recepci\u00f3n de la firma electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. La certificaci\u00f3n de las firmas electr\u00f3nicas avanzadas<\/p>\n<p>191. Los prestadores de servicios de certificaci\u00f3n<br \/>\n192. Noci\u00f3n y diversas clases de certificados<br \/>\n193. Contenido y extinci\u00f3n del certificado<br \/>\n194. El titular del certificado<br \/>\n195. Noci\u00f3n de usuario del certificado<br \/>\n196. Exigencias m\u00ednimas que debe satisfacer el prestador de servicios de certificaci\u00f3n<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO VII<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA BANCA ELECTR\u00d3NICA<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales<\/p>\n<p>197.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0El empleo de la telem\u00e1tica<br \/>\n198. Noci\u00f3n de banca electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Modalidades de banca electr\u00f3nica<\/p>\n<p>199. Diversas modalidades<br \/>\n200. Banca en l\u00ednea<br \/>\n201. Banca a trav\u00e9s de un portal de internet<br \/>\n202. Banca en el internet<br \/>\n203. Las modalidades que tienen mayor aplicaci\u00f3n en la pr\u00e1ctica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. Seguridad en la banca electr\u00f3nica<\/p>\n<p>204. Informaci\u00f3n digitalizada<br \/>\n205. Criterios de calidad de la informaci\u00f3n en la banca electr\u00f3nica<\/p>\n<p>Secci\u00f3n IV. La funcionalidad de la banca electr\u00f3nica<\/p>\n<p>206. La funcionalidad de los Portales y de las Aplicaciones bancarias<br \/>\n207. Servicios que presta un banco por internet. Servicios a Distancia a trav\u00e9s de la Web o de aplicaciones<br \/>\n208. Ventajas que se ponen a disposici\u00f3n<br \/>\n209. Servicios de seguridad ofrecidos por la web de un banco<br \/>\n210. Servicios del Portal de Personas<br \/>\n211. Tarjetas de Cr\u00e9dito y Redes Internacionales<br \/>\n212. Cr\u00e9dito hipotecario<br \/>\n213. Financiamiento total, inversiones, ahorro y otros servicios<br \/>\n214. Banca joven, seguros, pagos en l\u00ednea<br \/>\n215. Portal de Empresas<br \/>\n216. Inversiones, comercio exterior, red USA, pago autom\u00e1tico de cuentas y transferencias en l\u00ednea<br \/>\n217. Transferencias bancarias sin pasar por el banco<br \/>\n218. Ventajas de las transferencias bancarias en l\u00ednea<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO VIII<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>MEDIOS DE PAGO ELECTR\u00d3NICOS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales<\/p>\n<p>219. Evoluci\u00f3n de los medios de pago<br \/>\n220. Los t\u00edtulos-valores y su posterior electronizaci\u00f3n<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Las transferencias electr\u00f3nicas de fondo<\/p>\n<p>221. Las transferencias de fondos en general<br \/>\n222. La transferencia electr\u00f3nica de fondos<br \/>\n223. Efectos jur\u00eddicos de la transferencia electr\u00f3nica de fondos<br \/>\n224. El derecho chileno sobre la materia<br \/>\n225. La definici\u00f3n nacional de transferencia electr\u00f3nica de fondos<br \/>\n226. Requisitos que deben cumplir los sistemas utilizados<br \/>\n227. Transferencias interbancarias de fondos<br \/>\n228. Las transferencias electr\u00f3nicas de fondos entre clientes de distintos bancos, mediante redes p\u00fablicas de comunicaciones<br \/>\n229. Prevenci\u00f3n de fraudes<\/p>\n<p><b><strong>CAP\u00cdTULO IX<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>EL DINERO ELECTR\u00d3NICO<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Secci\u00f3n I. Aspectos generales<\/p>\n<p>230. Introducci\u00f3n<br \/>\n231. Noci\u00f3n de dinero electr\u00f3nico<br \/>\n232. Modalidades de dinero electr\u00f3nico<br \/>\n233. Las criptomonedas<\/p>\n<p>Secci\u00f3n II. Derecho nacional sobre medios de pago electr\u00f3nico<\/p>\n<p>234. Normativa aplicable<br \/>\n235. Definiciones de tarjetas como medios de pago electr\u00f3nico<br \/>\n236. Tarjeta de Cr\u00e9dito<br \/>\n237. Tarjeta de D\u00e9bito<br \/>\n238. Tarjeta de prepago o de pago con provisi\u00f3n de fondos<br \/>\n239. Visi\u00f3n cr\u00edtica del uso de las tarjeras de cr\u00e9dito en Chile<\/p>\n<p>Secci\u00f3n III. Delitos relativos al pago por medios electr\u00f3nicos<\/p>\n<p>240. Figuras tipificadas como delitos<\/p>\n<p>Secci\u00f3n IV. Derecho comparado y uniforme internacional sobre dinero electr\u00f3nico<\/p>\n<p>241. Normativa aplicable en la Uni\u00f3n Europea<br \/>\n242. Derecho aplicable en Espa\u00f1a<br \/>\n243. Concepto de dinero electr\u00f3nico en el derecho espa\u00f1ol<br \/>\n244. Rasgos definitorios del dinero electr\u00f3nico en el derecho espa\u00f1ol<\/p>\n<p><b><strong>ANEXOS<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Anexo N\u00b01: DFL N\u00b03, de 1997, fija texto refundido, sistematizado y coordinado de la Ley General de Bancos. Versi\u00f3n actualizada al 12 de enero de 2019<\/p>\n<p>Anexo N\u00b02: Ley N\u00b021.000, de 23 de febrero de 2017, que crea la comisi\u00f3n para el mercado financiero. Versi\u00f3n de 1 de junio de 2019<\/p>\n<p>Anexo N\u00b03: Texto de la Ley N\u00b021.130 de 12 de enero de 2019, moderniza la legislaci\u00f3n bancaria<\/p>\n<p>Anexo N\u00b04: Texto de la Ley N\u00b020.950, de 29 de octubre de 2016, autoriza la emisi\u00f3n y operaci\u00f3n de medios de pago con provisi\u00f3n de fondo por entidades no bancarias<\/p>\n<p>Anexo N\u00b05:\u00a0\u00a0Ley N\u00b019.799 de 12 de abril de 2002, sobre documentos electr\u00f3nicos, firma electr\u00f3nica y servicios de certificaci\u00f3n de dicha firma<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La actividad bancaria en nuestro pa\u00eds no cesa de crecer en los primeros a\u00f1os del siglo veintiuno, al punto que un enorme porcentaje de personas hace uso de sus servicios, particularmente a trav\u00e9s de la operaci\u00f3n de cuentas corrientes, cuentas de ahorro y por el empleo de las tarjetas de d\u00e9bito y cr\u00e9dito emitidas por las distintas entidades bancarias, ya sea del Banco Estado o de bancos privados, cuyo uso deviene imprescindible en el comercio, en las empresas p\u00fablicas y privadas, que las reciben de preferencia al dinero efectivo, por el temor al contagio que pueden traer consigo los billetes que transitan entre miles de manos. Esta obra est\u00e1 dividida en dos grandes partes, se ocupa del derecho Bancario P\u00fablico y Privado, en las actuales versiones, despu\u00e9s de innumerables cambios que han sufrido en el transcurso de la historia en nuestro medio. Trat\u00e1ndose del Derecho Bancario P\u00fablico, existe un significativo progreso legal, toda vez que el DFL N\u00b03 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la Ley General de Bancos, ha sido recientemente modificado por la Ley N\u00b021.000, publicada en el Diario Oficial de 12 de enero de 2019, denominada \u201cModerniza la Legislaci\u00f3n Bancaria, vigente desde la fecha de su publicaci\u00f3n\u201d. El texto legal reci\u00e9n citado, regula las atribuciones y funciones de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero (CMF), a la cual se han integrado la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Valores y Seguros, entidades estas \u00faltimas que han sido suprimidas. Este libro hace un estudio pormonerizado de las atribuciones de autoridad p\u00fablica fiscalizadora antes referida, que se ejercen tanto respecto del Banco Estado y de las dem\u00e1s empresas del rubro. El Derecho Bancario Privado, que forma parte del \u00e1mbito del Derecho Comercial, configura el contenido medular de este trabajo, abordando el an\u00e1lisis de las operaciones bancarias modernas y habida consideraci\u00f3n del empleo de las nuevas tecnolog\u00edas de la inform\u00e1tica y las telecomunicaciones, en el dominio bancario, el estudio de la banca electr\u00f3nica, sus diversas modalidades de operaci\u00f3n, o que implica un significativo aporte a nuestra literatura jur\u00eddica. PRIMERA PARTE DEL DEREHCO BANCARIO EN GENERAL Y DEL DERECHO P\u00daBLICO BANCARIO EN ESPECIAL 1. Introducci\u00f3n 2. Plan de desarrollo CAP\u00cdTULO I LA NOCI\u00d3N DE DERECHO BANCARIO Secci\u00f3n I. Aspectos generales del derecho bancario 3. Evoluci\u00f3n hist\u00f3rica de la actividad bancaria 4. Principios del derecho bancario actual 5. Caracter\u00edsticas de la actividad bancaria actual Secci\u00f3n II. Evoluci\u00f3n de la actividad y de la legislaci\u00f3n bancaria en Chile Los primeros bancos comerciales en el pa\u00eds 7. Desarrollo hist\u00f3rico de la legislaci\u00f3n bancaria en Chile Secci\u00f3n III. El concepto de derecho bancario, objeto y su contenido p\u00fablico y privado 8. Noci\u00f3n de derecho bancario y su pretendida autonom\u00eda Secci\u00f3n IV. Las fuentes del derecho bancario 9. Noci\u00f3n previa P\u00e1rrafo I. Fuentes de derecho p\u00fablico bancario 10. Fuente principal P\u00e1rrafo II. Fuentes de derecho privado bancario 11. Las principales fuentes 12. La costumbre como fuente del derecho privado bancario Secci\u00f3n V. Las fuentes del derecho bancario en derecho comparado 13. Derecho franc\u00e9s 14. Normativa espa\u00f1ola aplicable al mercado financiero 15. Legislaci\u00f3n espa\u00f1ola sobre la actividad de la banca 16. La contrataci\u00f3n bancaria en derecho espa\u00f1ol 17. Fuentes legales del sistema financiero argentino 18. Fuentes del derecho bancario en la Rep\u00fablica de Colombia 19. Importante reforma del sector financiero de Colombia CAP\u00cdTULO II DERECHO P\u00daBLICO BANCARIO Secci\u00f3n I. Aspectos generales 20. Normativa fundamental aplicable a los bancos 21. Definici\u00f3n legal de banco 22. Cr\u00edtica a la definici\u00f3n legal de banco 23. Noci\u00f3n de banco en derecho comparado: derecho franc\u00e9s 24. La idea de banco en derecho argentino 25. La noci\u00f3n de banco en derecho argentino 26. La ausencia de definici\u00f3n de banco en derecho mexicano Secci\u00f3n II. La exclusividad del ejercicio del giro bancario y las normas exclusivas aplicables a los bancos 27. La prohibici\u00f3n legal del ejercicio de la actividad bancaria 28. La protecci\u00f3n legal de la exclusividad del ejercicio de la actividad bancario 29. Normativa aplicable en forma exclusiva a los bancos Secci\u00f3n III. La constituci\u00f3n de las entidades bancarias 30. Procedimiento constitutivo 31. Capital, reservas y dividendos de los bancos Secci\u00f3n IV. La administraci\u00f3n de los bancos 32. Normativa aplicable Secci\u00f3n V. Algunos aspectos de la creaci\u00f3n y del funcionamiento de los bancos en derecho comparado 33. Requisitos de acceso a la actividad bancaria de los establecimientos de cr\u00e9dito franceses 34. Diversas categor\u00edas de establecimientos de cr\u00e9dito franceses 35. C\u00f3digo del Mercado Bancario de Espa\u00f1a CAP\u00cdTULO III LA FISCALIZACI\u00d3N DE LOS BANCOS Secci\u00f3n I. Aspectos generales de la fiscalizaci\u00f3n 36. Desarrollo hist\u00f3rico de la fiscalizaci\u00f3n en el derecho objetivo nacional Secci\u00f3n II. La supervisi\u00f3n actual del sistema fianciero 37. El organismo p\u00fablico fiscalizador: Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero (CMF) 38. Normativa aplicable a la CMF 39. Personas y entidades que fiscaliza la CMF 40. Entidades excluidas de la fiscalizaci\u00f3n de la CMF 41. Estructura organizativa de la CMF 42. La separaci\u00f3n de funciones en la CMF 43. Atribuciones y funciones de la CMF 44. La unidad de investigaci\u00f3n de la CMF 45. Atribuciones y deberes del fiscal Secci\u00f3n III. Competencia de la CMF en el \u00e1mbito bancario 46. Funciones y atribuciones especiales de la CMF en esta materia 47. Otras atribuciones de la CMF 48. Sanciones aplicables por la CMF 49. Funcionamiento de la CMF Secci\u00f3n IV. La fiscalizaci\u00f3n de los bancos en derecho comparado 50. Instituciones de fiscalizaci\u00f3n de los establecimientos de cr\u00e9dito franceses 51. La entidad supervisora de los bancos en Espa\u00f1a 52. La fiscalizaci\u00f3n bancaria en M\u00e9xico CAP\u00cdTULO IV LA PROTECCI\u00d3N DEL CONSUMIDOR DE SERVICIOS FINANCIEROS Secci\u00f3n I. La reforma introducida por la Ley N\u00b020.555 de 2011 53. Atribuciones del SERNAC en el orden financiero P\u00e1rrafo I. Derechos del consumidor de servicios financieros 54. Nuevos derechos de los consumidores 55. La noci\u00f3n de consumidor financiero 56. El concepto de proveedor de servicios financieros 57. La idea de cr\u00e9dito hipotecario 58. La noci\u00f3n de tarjeta de cr\u00e9dito 59. \u00bfDerecho de retracto en materia financiera? P\u00e1rrafo II. Obligaciones, prohibiciones y sanciones referentes a<\/p>\n","protected":false},"featured_media":2817,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"inline_featured_image":false,"_joinchat":[]},"product_brand":[],"product_cat":[48,57],"product_tag":[],"class_list":{"0":"post-2770","1":"product","2":"type-product","3":"status-publish","4":"has-post-thumbnail","6":"product_cat-comercial","7":"product_cat-editorial-juridica-de-chile","8":"product_shipping_class-a-convenir","10":"first","11":"instock","12":"shipping-taxable","13":"purchasable","14":"product-type-simple"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product\/2770","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product"}],"about":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/product"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2770"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2817"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2770"}],"wp:term":[{"taxonomy":"product_brand","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_brand?post=2770"},{"taxonomy":"product_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_cat?post=2770"},{"taxonomy":"product_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_tag?post=2770"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}