{"id":3152,"date":"2026-02-28T01:09:51","date_gmt":"2026-02-28T04:09:51","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=3152"},"modified":"2026-02-28T01:10:23","modified_gmt":"2026-02-28T04:10:23","slug":"compendio-de-normas-para-la-funcion-policial-uso-de-la-fuerza-y-mantenimiento-del-orden-publico-ano-2023-312-pag-autor-daniel-soto-munoz","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/compendio-de-normas-para-la-funcion-policial-uso-de-la-fuerza-y-mantenimiento-del-orden-publico-ano-2023-312-pag-autor-daniel-soto-munoz\/","title":{"rendered":"Compendio de Normas para la Funci\u00f3n Policial- Uso de la fuerza y mantenimiento del orden p\u00fablico. A\u00f1o 2023\/312 P\u00e1g. Autor  Daniel Soto Mu\u00f1oz"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">Este compendio viene a llenar un importante vac\u00edo bibliogr\u00e1fico que contribuye positivamente a facilitar la pr\u00e1ctica jur\u00eddica relacionada con la ense\u00f1anza, la aplicaci\u00f3n y la medici\u00f3n del desempe\u00f1o de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en el empleo de la fuerza. El texto re\u00fane en un solo volumen una serie de normas internacionales y nacionales que conjuntamente establecen las condiciones bajo las cuales el Estado puede desplegar leg\u00edtimamente el monopolio de la coerci\u00f3n f\u00edsica. A contrario sensu, las actuaciones que no cumplen con los requisitos que establecen estas normas se convierten en violencia delictiva.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Las normas que se transcriben en este compendio resultan obligatorias tanto para quienes tienen la misi\u00f3n de ejercer la fuerza en tareas de aplicaci\u00f3n de la ley (incluyendo a carabineros, detectives, polic\u00edas mar\u00edtimos, gendarmes y militares cuando cumplen tareas de seguridad), como para quienes deben cumplir con funciones de control externo y deben verificar la conformidad o disconformidad de las intervenciones de fuerza con la ley vigente (como es el caso de fiscales, defensores y jueces en el sistema de enjuiciamiento criminal, adem\u00e1s de parlamentarios en su tarea de fiscalizaci\u00f3n y de autoridades ministeriales bajo cuyo jurisdicci\u00f3n se desempe\u00f1an los servicios de polic\u00eda).<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/b><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">1.1 Por qu\u00e9 las normas de este compendio son obligatorias<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">1.2 Uso de la fuerza en aplicaci\u00f3n de la ley<br \/>\na) Principio de legalidad<br \/>\nb) Principio de necesidad<br \/>\nc) Principio de proporcionalidad<br \/>\nd) Principio de responsabilidad<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">1.3 Uso de la fuerza en el mantenimiento del orden p\u00fablico<br \/>\na) El rol policial de favorecer las reuniones p\u00fablicas<br \/>\nb) Distinci\u00f3n entre manifestantes pac\u00edficos y violentos<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">1.4 Utilidad de este compendio<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> NORMAS INTERNACIONALES<\/strong><\/b><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">2.1 Uso de la fuerza<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">C\u00f3digo de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1979<br \/>\nDirectrices para la aplicaci\u00f3n efectiva del C\u00f3digo de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1989<br \/>\nPrincipios b\u00e1sicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1990<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">2.2 Privaci\u00f3n de libertad<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Reglas m\u00ednimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (Reglas Nelson Mandela)<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Principios y buenas pr\u00e1cticas sobre la protecci\u00f3n de las personas privadas de libertad en las Am\u00e9ricas<br \/>\nReglas m\u00ednimas de las Naciones Unidas para la administraci\u00f3n de la justicia de menores, \u201cReglas de Beijing\u201d, de 1985<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">2.3 Derecho de reuni\u00f3n o de manifestaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">La Expresi\u00f3n \u201cLeyes\u201d en el Art\u00edculo 30 de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos solicitada por el gobierno de la Rep\u00fablica Oriental del Ururguay<br \/>\nInforme conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reuni\u00f3n pac\u00edfica y de asociaci\u00f3n y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gesti\u00f3n adecuada de las manifestaciones<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">2.4 Prohibici\u00f3n e investigaci\u00f3n de tortura y ejecuciones sumarias Convenci\u00f3n contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Convenci\u00f3n interamericana para prevenir y sancionar la tortura, adoptada el 9 de diciembre de 1985<br \/>\nConvenci\u00f3n interamericana sobre desaparici\u00f3n forzada de personas, de 1994<br \/>\nConvenci\u00f3n Internacional para la protecci\u00f3n de todas las personas contra las desapariciones forzadas, de 20 de diciembre de 2006<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> NORMAS NACIONALES<\/strong><\/b><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">3.1 Carabineros de Chile<br \/>\na) Normas generales para la aplicaci\u00f3n de la fuerza<br \/>\nCircular 1832, de 01 de marzo de 2019, de la Direcci\u00f3n General de Carabineros que actualiza instrucciones sobre uso de la fuerza<br \/>\nb) Normas para el empleo de la fuerza como fuerza p\u00fablica y en el mantenimiento del orden p\u00fablico<br \/>\nDecreto Supremo 1.086, de 16 de septiembre de 1983, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica, sobre Reuniones P\u00fablicas<br \/>\nDecreto Supremo N\u00b0 1.364, de 13 de noviembre de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica que establece disposiciones relativas al uso de la fuerza en las intervenciones para el mantenimiento del orden p\u00fablico<br \/>\nOrden General N\u00b0 2.780, de 14 de julio de 2020, de la Direcci\u00f3n General, Protocolos para el mantenimiento del orden p\u00fablico. Actualiza<br \/>\nProtocolo 2.8. sobre empleo de escopeta antidisturbios<br \/>\nOrden General N\u00b0 2.635, de 01 de marzo de 2019. Aprueba nuevo texto de Protocolos para el mantenimiento del orden p\u00fablico y deroga normativa que indica<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">3.2 Polic\u00eda de Investigaciones de Chile<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Circular N\u00b0 4, de 25 de marzo de 2009, de la Inspector\u00eda General de la Polic\u00eda de Investigaciones de Chile<br \/>\nOrden General 2.615, de 2 de octubre de 2010, de la Direcci\u00f3n General, Cartilla que regula sobre el uso de la fuerza en la Polic\u00eda de Investigaciones de Chile<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">3.3 Fuerzas Armadas<\/p>\n<p>Decreto Supremo N\u00b0 8, de 21 de enero de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que \u201cEstablece las reglas de uso de la fuerza para las Fuerzas Armadas en los estados de excepci\u00f3n constitucional que indica\u201d<br \/>\nDecreto con Fuerza de Ley N\u00b0 1, de 9 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica, \u201cPara el resguardo de las \u00e1reas de zonas fronterizas\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este compendio viene a llenar un importante vac\u00edo bibliogr\u00e1fico que contribuye positivamente a facilitar la pr\u00e1ctica jur\u00eddica relacionada con la ense\u00f1anza, la aplicaci\u00f3n y la medici\u00f3n del desempe\u00f1o de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en el empleo de la fuerza. El texto re\u00fane en un solo volumen una serie de normas internacionales y nacionales que conjuntamente establecen las condiciones bajo las cuales el Estado puede desplegar leg\u00edtimamente el monopolio de la coerci\u00f3n f\u00edsica. A contrario sensu, las actuaciones que no cumplen con los requisitos que establecen estas normas se convierten en violencia delictiva. Las normas que se transcriben en este compendio resultan obligatorias tanto para quienes tienen la misi\u00f3n de ejercer la fuerza en tareas de aplicaci\u00f3n de la ley (incluyendo a carabineros, detectives, polic\u00edas mar\u00edtimos, gendarmes y militares cuando cumplen tareas de seguridad), como para quienes deben cumplir con funciones de control externo y deben verificar la conformidad o disconformidad de las intervenciones de fuerza con la ley vigente (como es el caso de fiscales, defensores y jueces en el sistema de enjuiciamiento criminal, adem\u00e1s de parlamentarios en su tarea de fiscalizaci\u00f3n y de autoridades ministeriales bajo cuyo jurisdicci\u00f3n se desempe\u00f1an los servicios de polic\u00eda). INTRODUCCI\u00d3N 1.1 Por qu\u00e9 las normas de este compendio son obligatorias 1.2 Uso de la fuerza en aplicaci\u00f3n de la ley a) Principio de legalidad b) Principio de necesidad c) Principio de proporcionalidad d) Principio de responsabilidad 1.3 Uso de la fuerza en el mantenimiento del orden p\u00fablico a) El rol policial de favorecer las reuniones p\u00fablicas b) Distinci\u00f3n entre manifestantes pac\u00edficos y violentos 1.4 Utilidad de este compendio NORMAS INTERNACIONALES 2.1 Uso de la fuerza C\u00f3digo de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1979 Directrices para la aplicaci\u00f3n efectiva del C\u00f3digo de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1989 Principios b\u00e1sicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de 1990 2.2 Privaci\u00f3n de libertad Reglas m\u00ednimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (Reglas Nelson Mandela) Principios y buenas pr\u00e1cticas sobre la protecci\u00f3n de las personas privadas de libertad en las Am\u00e9ricas Reglas m\u00ednimas de las Naciones Unidas para la administraci\u00f3n de la justicia de menores, \u201cReglas de Beijing\u201d, de 1985 2.3 Derecho de reuni\u00f3n o de manifestaci\u00f3n La Expresi\u00f3n \u201cLeyes\u201d en el Art\u00edculo 30 de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos solicitada por el gobierno de la Rep\u00fablica Oriental del Ururguay Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reuni\u00f3n pac\u00edfica y de asociaci\u00f3n y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gesti\u00f3n adecuada de las manifestaciones 2.4 Prohibici\u00f3n e investigaci\u00f3n de tortura y ejecuciones sumarias Convenci\u00f3n contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes Convenci\u00f3n interamericana para prevenir y sancionar la tortura, adoptada el 9 de diciembre de 1985 Convenci\u00f3n interamericana sobre desaparici\u00f3n forzada de personas, de 1994 Convenci\u00f3n Internacional para la protecci\u00f3n de todas las personas contra las desapariciones forzadas, de 20 de diciembre de 2006 NORMAS NACIONALES 3.1 Carabineros de Chile a) Normas generales para la aplicaci\u00f3n de la fuerza Circular 1832, de 01 de marzo de 2019, de la Direcci\u00f3n General de Carabineros que actualiza instrucciones sobre uso de la fuerza b) Normas para el empleo de la fuerza como fuerza p\u00fablica y en el mantenimiento del orden p\u00fablico Decreto Supremo 1.086, de 16 de septiembre de 1983, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica, sobre Reuniones P\u00fablicas Decreto Supremo N\u00b0 1.364, de 13 de noviembre de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica que establece disposiciones relativas al uso de la fuerza en las intervenciones para el mantenimiento del orden p\u00fablico Orden General N\u00b0 2.780, de 14 de julio de 2020, de la Direcci\u00f3n General, Protocolos para el mantenimiento del orden p\u00fablico. Actualiza Protocolo 2.8. sobre empleo de escopeta antidisturbios Orden General N\u00b0 2.635, de 01 de marzo de 2019. Aprueba nuevo texto de Protocolos para el mantenimiento del orden p\u00fablico y deroga normativa que indica 3.2 Polic\u00eda de Investigaciones de Chile Circular N\u00b0 4, de 25 de marzo de 2009, de la Inspector\u00eda General de la Polic\u00eda de Investigaciones de Chile Orden General 2.615, de 2 de octubre de 2010, de la Direcci\u00f3n General, Cartilla que regula sobre el uso de la fuerza en la Polic\u00eda de Investigaciones de Chile 3.3 Fuerzas Armadas Decreto Supremo N\u00b0 8, de 21 de enero de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que \u201cEstablece las reglas de uso de la fuerza para las Fuerzas Armadas en los estados de excepci\u00f3n constitucional que indica\u201d Decreto con Fuerza de Ley N\u00b0 1, de 9 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad P\u00fablica, \u201cPara el resguardo de las \u00e1reas de zonas fronterizas\u201d<\/p>\n","protected":false},"featured_media":3191,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"inline_featured_image":false,"_joinchat":[]},"product_brand":[],"product_cat":[58,30],"product_tag":[],"class_list":{"0":"post-3152","1":"product","2":"type-product","3":"status-publish","4":"has-post-thumbnail","6":"product_cat-editorial-rubicon","7":"product_cat-penal","8":"product_shipping_class-a-convenir","10":"first","11":"instock","12":"shipping-taxable","13":"purchasable","14":"product-type-simple"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product\/3152","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product"}],"about":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/product"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3152"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3191"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3152"}],"wp:term":[{"taxonomy":"product_brand","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_brand?post=3152"},{"taxonomy":"product_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_cat?post=3152"},{"taxonomy":"product_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_tag?post=3152"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}