{"id":3325,"date":"2026-02-28T01:12:06","date_gmt":"2026-02-28T04:12:06","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=3325"},"modified":"2026-02-28T01:12:59","modified_gmt":"2026-02-28T04:12:59","slug":"el-error-en-el-precio-aspectos-de-derecho-civil-y-de-consumo-ano-marzo-2024-392-pag-autor-ricardo-torres-urzua","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/el-error-en-el-precio-aspectos-de-derecho-civil-y-de-consumo-ano-marzo-2024-392-pag-autor-ricardo-torres-urzua\/","title":{"rendered":"El Error en el Precio &#8211; Aspectos de Derecho Civil y de Consumo. A\u00f1o Marzo 2024\/392 P\u00e1g. Autor Ricardo Torres Urz\u00faa"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">El error es una de esas instituciones jur\u00eddicas cuyo examen permite agudizar la manera en que entendemos el Derecho de contratos. Actualmente, el error en el precio es su manifestaci\u00f3n con mayor relevancia pr\u00e1ctica, por lo que, estudiarlo, no s\u00f3lo mejora nuestra comprensi\u00f3n de este defecto en la formaci\u00f3n del contrato, sino, del fen\u00f3meno contractual en general.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">La aproximaci\u00f3n al error que se propone en este trabajo reconoce la coexistencia de intereses diversos que, en ocasiones, se contraponen unos a otros. En este caso, la obligaci\u00f3n es reflexionar acerca de la convivencia y protecci\u00f3n de intereses como la voluntad del errans, la confianza generada en la contraparte y en la seguridad del tr\u00e1fico jur\u00eddico para el libre tr\u00e1nsito de bienes. El error en el precio, en particular, agrega la exigencia de tener en cuenta las particularidades de la contrataci\u00f3n de consumo y su regulaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">La presenta obra es un estudio acabado sobre el error en el precio, en que el autor, por medio del an\u00e1lisis de los fallos de los tribunales, del Derecho nacional, de normas de Derecho comparado e instrumentos de soft law, defiende que, por regla general las consecuencias de la equivocaci\u00f3n deben ser soportadas por el proveedor, pues resulta fundamental tutelar la confianza de quien se encuentra en una posici\u00f3n desmejorada, sin embargo, se admite una excepci\u00f3n que tiene lugar cuando no hay una confianza razonable que proteger.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><\/p>\n<p>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La delimitaci\u00f3n del objeto de estudio<br \/>\nII. El trasfondo del asunto: la distribuci\u00f3n de los riesgos del error y la protecci\u00f3n de la confianza<br \/>\nIII. La estructura de la investigaci\u00f3n<br \/>\nIV. Precisiones metodol\u00f3gicas<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><br \/>\nCAP\u00cdTULO PRIMERO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>CUESTIONES PRELIMINARES SOBRE EL ERROR EN EL PRECIO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Algunos casos ilustrativos<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Digilandmall y RLL Corporation<br \/>\n2. Seis ejemplos nacionales<br \/>\n3. Conclusiones para comenzar el an\u00e1lisis del error en el precio<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> El objeto y las manifestaciones del error en el precio<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El precio como objeto del error<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Las manifestaciones del error en el precio<br \/>\na. Un error por defecto en la comunicaci\u00f3n<br \/>\nb. Un error por el ejercicio defectuoso de una operaci\u00f3n matem\u00e1tica<br \/>\nc. Un error por defectos en el aval\u00fao del bien o servicio ofrecido<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>III. Un contexto de asimetr\u00eda<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Qui\u00e9n padece el error: el proveedor<br \/>\n2. La contraparte: los consumidores<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> El problema: la coexistencia de intereses contrapuestos<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Voluntad, seguridad y expectativas<br \/>\n2. La mirada relacional del error y la distribuci\u00f3n de riesgos<br \/>\n3. El error en el precio como un problema de distribuci\u00f3n de riesgos<br \/>\n4. Dispositivos de distribuci\u00f3n de los riesgos del error en el precio<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><br \/>\nCAP\u00cdTULO SEGUNDO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA PROTECCI\u00d3N DE LA CONFIANZA GENERADA DURANTE LA FORMACI\u00d3N DEL CONTRATO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Cuestiones preliminares sobre la tutela de la confianza en las apariencias<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> De la preponderancia de la voluntad a la primac\u00eda de la confianza en la formaci\u00f3n de los contratos<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Un cambio de paradigma<br \/>\na. Libertad, igualdad, contrato y voluntad<br \/>\nb. El decaimiento de la importancia de la voluntad en la contrataci\u00f3n de consumo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La falta de una aut\u00e9ntica voluntad contractual de los consumidores<br \/>\na. La configuraci\u00f3n unilateral del contrato<br \/>\nb. La (des)informaci\u00f3n de los consumidores<br \/>\nc. La racionalidad limitada del consumidor<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La concurrencia parcial del consentimiento del consumidor<br \/>\na. Un consentimiento fragmentado<br \/>\nb. La adhesi\u00f3n a una expectativa de contrato razonable<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Un consentimiento basado en expectativas<br \/>\na. La importancia de las apariencias: las expectativas percibidas por los consumidores<br \/>\nb. El dise\u00f1o de una propuesta contractual atractiva para los consumidores<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Recapitulando<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>III. La tutela de la confianza suscitada por las declaraciones del proveedor en la LPDC<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La eficacia vinculante de las propuestas contractuales<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Las manifestaciones del efecto vinculante de las declaraciones del proveedor<br \/>\na. La eficacia de las propuestas del proveedor para la formaci\u00f3n del contrato<br \/>\ni. La presunci\u00f3n de seriedad de las propuestas contractuales de los proveedores<br \/>\nii. La eficacia de las ofertas al p\u00fablico<br \/>\niii. La revocabilidad e irrevocabilidad de la oferta dirigida a los consumidores<br \/>\nb. La informaci\u00f3n vinculante para el proveedor<br \/>\ni. La integraci\u00f3n de la publicidad al contrato<br \/>\nii. La intangibilidad de la oferta<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><br \/>\nCAP\u00cdTULO TERCERO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LA RECOGNOSCIBILIDAD DEL ERROR EN EL PRECIO: LA FALTA DE UNA CONFIANZA DIGNA DE PROTEGER<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Una cuesti\u00f3n preliminar: no cualquier confianza es digna de protecci\u00f3n<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Los l\u00edmites a la protecci\u00f3n de la confianza en la responsabilidad por ruptura injustificada<br \/>\n2. La limitaci\u00f3n de la confianza en el r\u00e9gimen de integraci\u00f3n publicitaria<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> La recognoscibilidad del error como criterio delimitador de la confianza protegida<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La recognoscibilidad como criterio delimitador de la confianza tutelable: una mirada al Derecho ingl\u00e9s e italiano<br \/>\na. El Derecho ingl\u00e9s: m\u00e1s all\u00e1 del escepticismo<br \/>\ni. La formaci\u00f3n objetiva del contrato y el escepticismo del Derecho ingl\u00e9s en la disciplina del error<br \/>\nii. La influencia de la situaci\u00f3n de quien conoce o deb\u00eda conocer el error en su trascendencia anulatoria<br \/>\niii. Una persona razonable<br \/>\nb. El derecho italiano y la institucionalizaci\u00f3n de la recognoscibilidad del error<br \/>\ni. La recognoscibilidad como requisito del error con trascendencia anulatoria en el Derecho italiano<br \/>\nii. Los criterios para determinar la recognoscibilidad del error en el C\u00f3digo Civil italiano<br \/>\niii. El proceso de interpretaci\u00f3n de la recognoscibilidad del error en el Derecho italiano<br \/>\nc. Puntos de convergencia<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La recognoscibilidad del error en Chile<br \/>\na. La opini\u00f3n de la doctrina<br \/>\nb. El estado de la cuesti\u00f3n en tribunale<br \/>\nc. Una soluci\u00f3n similar<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>III. Los l\u00edmites a la protecci\u00f3n de la confianza de los consumidores ante el error en el precio recognoscible<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Los l\u00edmites a la tutela confianza de la contraparte del errans a partir de la buena fe<br \/>\na. La buena fe al servicio de la recognoscibilidad del error como l\u00edmite a la protecci\u00f3n de la confianza<br \/>\nb. La buena fe como fundamento de la recognoscibilidad en las sentencias de los tribunales<br \/>\nc. Prevenciones a los l\u00edmites impuestos por la buena fe: el leg\u00edtimo aprovechamiento de un error<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Los l\u00edmites a la tutela de la confianza en la Ley N\u00ba 19.496<br \/>\na. Los l\u00edmites a la tutela del consumidor que conoc\u00eda o deb\u00eda razonablemente conocer el error al abrigo de la funci\u00f3n correctiva de la LPDC<br \/>\nb. El abuso del consumidor<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> La configuraci\u00f3n de la recognoscibilidad del error en el precio ofrecido a los consumidores<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Los elementos objetivamente relevantes para determinar la recognoscibilidad del error en el precio<br \/>\na. Una desproporci\u00f3n entre el precio ofrecido y el precio de mercado<br \/>\nb. La comunicaci\u00f3n del error y la rectificaci\u00f3n del precio antes de la conclusi\u00f3n del contrato<br \/>\ni. La comunicaci\u00f3n del precio verdadero antes de la celebraci\u00f3n del contrato<br \/>\nii. La comunicaci\u00f3n sobre la existencia de un error en la propuesta antes de la celebraci\u00f3n del contrato (fe de erratas)<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El est\u00e1ndar de conducta: la diligencia exigible a los consumidores ante el error del proveedor<br \/>\na. Algunas cuestiones preliminares: un modelo de contratante<br \/>\nb. El modelo de consumidor medio o promedio<br \/>\ni. Un consumidor normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz<br \/>\nii. La discreta menci\u00f3n de un est\u00e1ndar de conducta exigible a los consumidores frente al error en el precio<br \/>\niii. El deber de informarse responsablemente: una manifestaci\u00f3n del consumidor medio o informado en la LPDC<br \/>\nc. El modelo de consumidor vulnerable o hipervulnerable<br \/>\ni. Caracterizaci\u00f3n y recepci\u00f3n del consumidor vulnerable<br \/>\nii. La funci\u00f3n del concepto de consumidor vulnerable en la valoraci\u00f3n del impacto de las pr\u00e1cticas de los proveedores<br \/>\nd. El modelo de consumidor empleado para valorar la recognoscibilidad del error en el precio<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><br \/>\nCAP\u00cdTULO CUARTO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>LOS MEDIOS DE TUTELA ANTE EL ERROR EN EL PRECIO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Aspectos preliminares sobre los medios de tutela frente a error en el precio<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Las reglas que disciplinan el error en la formaci\u00f3n del contrato<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Error en la declaraci\u00f3n<br \/>\na. La subsunci\u00f3n y trascendencia del error en la declaraci\u00f3n del precio<br \/>\ni. El error en la declaraci\u00f3n como error obst\u00e1culo o esencial<br \/>\nii. El error en la declaraci\u00f3n y la aplicaci\u00f3n por analog\u00eda de las reglas del error que vicia el consentimiento<br \/>\niii. El error en la declaraci\u00f3n del precio es asimilable al error obst\u00e1culo o esencial<br \/>\nb. La excusabilidad del error en la declaraci\u00f3n del precio<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Error en el c\u00e1lculo<br \/>\na. La rectificaci\u00f3n del c\u00e1lculo<br \/>\nb. Algunas cr\u00edticas a la aplicaci\u00f3n generalizada del art. 2458 CC<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Error en el valor<br \/>\na. La intrascendencia del error en el valor<br \/>\nb. La excusabilidad del error en el valor<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>III. Las reglas que disciplinan la falta de un requisito de existencia del negocio<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La nulidad por falta de precio en la compraventa<br \/>\na. La ausencia de un precio real y serio<br \/>\nb. En contra de la aplicaci\u00f3n de la doctrina de la falta de precio a los casos de error en el precio<br \/>\nc. La importancia de la apariencia en la configuraci\u00f3n del precio irrisorio: nuevamente la recognoscibilidad<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La falta de requisitos de la oferta<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> Las reglas que disciplinan la publicidad en la LPDC<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El error en el precio como publicidad enga\u00f1osa<br \/>\n2. La integraci\u00f3n del precio err\u00f3neamente publicitado<br \/>\n3. La falta de influencia del precio publicado como l\u00edmite a la aplicaci\u00f3n de reglas sobre publicidad en la LPDC<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\"><b><strong> La negativa (in)justificada de venta o prestaci\u00f3n de servicios<\/strong><\/b><\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Lo justificado y lo injustificado en el art. 13 LPDC<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El error en el precio como justificaci\u00f3n en el art. 13 LPDC<br \/>\na. El error en el precio como justificaci\u00f3n adecuada<br \/>\nb. El error en el precio como justificaci\u00f3n inadecuada<br \/>\nc. La recognoscibilidad del error es el factor decisivo<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong><br \/>\nCONCLUSIONES<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">En cuanto al problema que apareja el error en el precio ofrecido por los proveedores a los consumidores y su delimitaci\u00f3n<br \/>\nII. A prop\u00f3sito de la asignaci\u00f3n del riesgo del error en el precio sobre los proveedores y la protecci\u00f3n de la confianza de los consumidores<br \/>\nIII. En cuanto a la asignaci\u00f3n del riesgo del error en el precio sobre los consumidores por la delimitaci\u00f3n de la confianza tutelable<br \/>\nIV. Respecto a la existencia de m\u00faltiples dispositivos de distribuci\u00f3n del riesgo del error y la existencia de un criterio com\u00fan entre todos ellos<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El error es una de esas instituciones jur\u00eddicas cuyo examen permite agudizar la manera en que entendemos el Derecho de contratos. Actualmente, el error en el precio es su manifestaci\u00f3n con mayor relevancia pr\u00e1ctica, por lo que, estudiarlo, no s\u00f3lo mejora nuestra comprensi\u00f3n de este defecto en la formaci\u00f3n del contrato, sino, del fen\u00f3meno contractual en general. La aproximaci\u00f3n al error que se propone en este trabajo reconoce la coexistencia de intereses diversos que, en ocasiones, se contraponen unos a otros. En este caso, la obligaci\u00f3n es reflexionar acerca de la convivencia y protecci\u00f3n de intereses como la voluntad del errans, la confianza generada en la contraparte y en la seguridad del tr\u00e1fico jur\u00eddico para el libre tr\u00e1nsito de bienes. El error en el precio, en particular, agrega la exigencia de tener en cuenta las particularidades de la contrataci\u00f3n de consumo y su regulaci\u00f3n. La presenta obra es un estudio acabado sobre el error en el precio, en que el autor, por medio del an\u00e1lisis de los fallos de los tribunales, del Derecho nacional, de normas de Derecho comparado e instrumentos de soft law, defiende que, por regla general las consecuencias de la equivocaci\u00f3n deben ser soportadas por el proveedor, pues resulta fundamental tutelar la confianza de quien se encuentra en una posici\u00f3n desmejorada, sin embargo, se admite una excepci\u00f3n que tiene lugar cuando no hay una confianza razonable que proteger. INTRODUCCI\u00d3N La delimitaci\u00f3n del objeto de estudio II. El trasfondo del asunto: la distribuci\u00f3n de los riesgos del error y la protecci\u00f3n de la confianza III. La estructura de la investigaci\u00f3n IV. Precisiones metodol\u00f3gicas CAP\u00cdTULO PRIMERO CUESTIONES PRELIMINARES SOBRE EL ERROR EN EL PRECIO Algunos casos ilustrativos Digilandmall y RLL Corporation 2. Seis ejemplos nacionales 3. Conclusiones para comenzar el an\u00e1lisis del error en el precio El objeto y las manifestaciones del error en el precio El precio como objeto del error Las manifestaciones del error en el precio a. Un error por defecto en la comunicaci\u00f3n b. Un error por el ejercicio defectuoso de una operaci\u00f3n matem\u00e1tica c. Un error por defectos en el aval\u00fao del bien o servicio ofrecido III. Un contexto de asimetr\u00eda Qui\u00e9n padece el error: el proveedor 2. La contraparte: los consumidores El problema: la coexistencia de intereses contrapuestos Voluntad, seguridad y expectativas 2. La mirada relacional del error y la distribuci\u00f3n de riesgos 3. El error en el precio como un problema de distribuci\u00f3n de riesgos 4. Dispositivos de distribuci\u00f3n de los riesgos del error en el precio CAP\u00cdTULO SEGUNDO LA PROTECCI\u00d3N DE LA CONFIANZA GENERADA DURANTE LA FORMACI\u00d3N DEL CONTRATO Cuestiones preliminares sobre la tutela de la confianza en las apariencias De la preponderancia de la voluntad a la primac\u00eda de la confianza en la formaci\u00f3n de los contratos Un cambio de paradigma a. Libertad, igualdad, contrato y voluntad b. El decaimiento de la importancia de la voluntad en la contrataci\u00f3n de consumo La falta de una aut\u00e9ntica voluntad contractual de los consumidores a. La configuraci\u00f3n unilateral del contrato b. La (des)informaci\u00f3n de los consumidores c. La racionalidad limitada del consumidor La concurrencia parcial del consentimiento del consumidor a. Un consentimiento fragmentado b. La adhesi\u00f3n a una expectativa de contrato razonable Un consentimiento basado en expectativas a. La importancia de las apariencias: las expectativas percibidas por los consumidores b. El dise\u00f1o de una propuesta contractual atractiva para los consumidores Recapitulando III. La tutela de la confianza suscitada por las declaraciones del proveedor en la LPDC La eficacia vinculante de las propuestas contractuales Las manifestaciones del efecto vinculante de las declaraciones del proveedor a. La eficacia de las propuestas del proveedor para la formaci\u00f3n del contrato i. La presunci\u00f3n de seriedad de las propuestas contractuales de los proveedores ii. La eficacia de las ofertas al p\u00fablico iii. La revocabilidad e irrevocabilidad de la oferta dirigida a los consumidores b. La informaci\u00f3n vinculante para el proveedor i. La integraci\u00f3n de la publicidad al contrato ii. La intangibilidad de la oferta CAP\u00cdTULO TERCERO LA RECOGNOSCIBILIDAD DEL ERROR EN EL PRECIO: LA FALTA DE UNA CONFIANZA DIGNA DE PROTEGER Una cuesti\u00f3n preliminar: no cualquier confianza es digna de protecci\u00f3n Los l\u00edmites a la protecci\u00f3n de la confianza en la responsabilidad por ruptura injustificada 2. La limitaci\u00f3n de la confianza en el r\u00e9gimen de integraci\u00f3n publicitaria La recognoscibilidad del error como criterio delimitador de la confianza protegida La recognoscibilidad como criterio delimitador de la confianza tutelable: una mirada al Derecho ingl\u00e9s e italiano a. El Derecho ingl\u00e9s: m\u00e1s all\u00e1 del escepticismo i. La formaci\u00f3n objetiva del contrato y el escepticismo del Derecho ingl\u00e9s en la disciplina del error ii. La influencia de la situaci\u00f3n de quien conoce o deb\u00eda conocer el error en su trascendencia anulatoria iii. Una persona razonable b. El derecho italiano y la institucionalizaci\u00f3n de la recognoscibilidad del error i. La recognoscibilidad como requisito del error con trascendencia anulatoria en el Derecho italiano ii. Los criterios para determinar la recognoscibilidad del error en el C\u00f3digo Civil italiano iii. El proceso de interpretaci\u00f3n de la recognoscibilidad del error en el Derecho italiano c. Puntos de convergencia La recognoscibilidad del error en Chile a. La opini\u00f3n de la doctrina b. El estado de la cuesti\u00f3n en tribunale c. Una soluci\u00f3n similar III. Los l\u00edmites a la protecci\u00f3n de la confianza de los consumidores ante el error en el precio recognoscible Los l\u00edmites a la tutela confianza de la contraparte del errans a partir de la buena fe a. La buena fe al servicio de la recognoscibilidad del error como l\u00edmite a la protecci\u00f3n de la confianza b. La buena fe como fundamento de la recognoscibilidad en las sentencias de los tribunales c. Prevenciones a los l\u00edmites impuestos por la buena fe: el leg\u00edtimo aprovechamiento de un error Los l\u00edmites a la tutela de la confianza en la Ley N\u00ba 19.496 a. Los l\u00edmites a la tutela del consumidor que conoc\u00eda o deb\u00eda razonablemente conocer el error al abrigo de la funci\u00f3n correctiva de la LPDC b. El abuso del consumidor La configuraci\u00f3n de la recognoscibilidad<\/p>\n","protected":false},"featured_media":3382,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"inline_featured_image":false,"_joinchat":[]},"product_brand":[],"product_cat":[27,42],"product_tag":[],"class_list":{"0":"post-3325","1":"product","2":"type-product","3":"status-publish","4":"has-post-thumbnail","6":"product_cat-civil","7":"product_cat-thomson-reuters","8":"product_shipping_class-a-convenir","10":"first","11":"instock","12":"shipping-taxable","13":"purchasable","14":"product-type-simple"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product\/3325","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product"}],"about":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/product"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3325"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3382"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3325"}],"wp:term":[{"taxonomy":"product_brand","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_brand?post=3325"},{"taxonomy":"product_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_cat?post=3325"},{"taxonomy":"product_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_tag?post=3325"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}