{"id":4013,"date":"2026-02-28T01:22:13","date_gmt":"2026-02-28T04:22:13","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=4013"},"modified":"2026-02-28T01:22:41","modified_gmt":"2026-02-28T04:22:41","slug":"asociaciones-de-consumidores-y-litigacion-colectiva-ano-2022-450-pag-autor-hernan-quiroz-valenzuela","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/asociaciones-de-consumidores-y-litigacion-colectiva-ano-2022-450-pag-autor-hernan-quiroz-valenzuela\/","title":{"rendered":"Asociaciones de Consumidores y Litigaci\u00f3n Colectiva. A\u00f1o 2022\/450 P\u00e1g. Autor  Hern\u00e1n Quiroz Valenzuela"},"content":{"rendered":"<p>Esta obra contiene una exposici\u00f3n general de las funciones que han desarrollado las Asociaciones de Consumidores, desde su aparici\u00f3n en el siglo XIX hasta hoy, con especial \u00e9nfasis en los juicios colectivos, considerando la experiencia internacional en materia de class actions, la doctrina m\u00e1s autorizada y un amplio cat\u00e1logo de sentencias de tribunales nacionales y extranjeros.<\/p>\n<p>Est\u00e1 dividida en tres partes. La primera examina su naturaleza como organizaciones privadas sujetas a normas de derecho p\u00fablico; las restricciones a que est\u00e1n sometidas; su relaci\u00f3n con la autoridad estatal; su rol en materia judicial ante el debilitamiento de las potestades del Sernac; los elementos que permiten distinguir una relaci\u00f3n de consumo; y los rasgos que caracterizan a los sujetos comprendidos en el \u00e1mbito de la Ley N\u00ba 19.496, sobre Protecci\u00f3n de los Derechos de los Consumidores. La segunda parte describe los procesos que les permiten actuar en defensa de consumidores en distintos tribunales y las instituciones que se han incorporado a esta ley en a\u00f1os recientes, en particular con las reformas de 2004, 2018 y 2021. En la \u00faltima parte se examina su participaci\u00f3n en el inter\u00e9s de consumidores que no fueron considerados en esa ley, pero que s\u00ed lo est\u00e1n en el marco de otras leyes que tratan sobre competitividad, lealtad comercial y libre mercado. El autor, consciente de que muchas de estas materias no han sido estudiadas org\u00e1nicamente por otros juristas nacionales, pone especial cuidado en exponer su inserci\u00f3n en nuestro ordenamiento y en proyectarlas bas\u00e1ndose en c\u00f3mo han evolucionado en el derecho comparado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PRIMERA PARTE<br \/>\nLOS SUJETOS Y LA MATERIA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><br \/>\n<strong>CONFIGURACI\u00d3N JUR\u00cdDICA DE LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Arquetipo normativo adoptado por la legislaci\u00f3n chilena<\/p>\n<p>a. Definici\u00f3n legal<br \/>\nb. Relaci\u00f3n entre las Organizaciones de Consumidores y las Asociaciones de Consumidores<br \/>\nc. Aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de las asociaciones gremiales a una organizaci\u00f3n de consumidores at\u00edpica<br \/>\nd. Efectos de la distinci\u00f3n entre las Organizaciones de Defensa de los Consumidores t\u00edpicas y at\u00edpicas<br \/>\ne. Categor\u00edas y subcategor\u00edas de Asociaciones de Consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Terminolog\u00eda empleada por el legislador para denominar a estas organizaciones<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. Efecto de los fallos del Tribunal constitucional en la Reforma de 2018<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Una nueva configuraci\u00f3n jur\u00eddica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Reemplazo parcial del modelo de Asociaci\u00f3n Gremial<br \/>\nb. Elementos que componen una Asociaci\u00f3n de Consumidores<br \/>\nc. Procedimiento para constituir y modificar la Asociaci\u00f3n<br \/>\nd. Contraposici\u00f3n con el procedimiento de constituci\u00f3n y reforma de una Organizaci\u00f3n de Inter\u00e9s P\u00fablico<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Gobierno corporativo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. \u00d3rganos administrativos<br \/>\nb. Responsabilidad solidaria<br \/>\nc. La Asociaci\u00f3n no puede prescindir de Directores y de un Consejo Directiv<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Prohibiciones al Consejo Directivo y a sus integrantes<\/p>\n<p>a. Naturaleza de estas prohibiciones<br \/>\nb. Prohibici\u00f3n de integrar el Consejo al condenado por delitos concursales tipificados en el C\u00f3digo Penal<br \/>\nc. Prohibici\u00f3n al condenado por delito contra la propiedad o por delito sancionado con pena aflictiva, mientras dure la condena<br \/>\nd. Prohibici\u00f3n de integrar el Consejo al sancionado como reincidente de denuncia temeraria o por denuncias temerarias reiteradas<br \/>\ne. Prohibici\u00f3n por ejercer cargos de elecci\u00f3n popular o de consejero regional<br \/>\nf. Prohibiciones a los directores alcanzados por normas de relaci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7. Fuentes de financiamiento de la organizaci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Financiamiento ordinario<br \/>\nb. Financiamiento extraordinario<br \/>\nc. Composici\u00f3n del Fondo concursable<br \/>\nd. Deber del Estado de resguardar la autonom\u00eda de esas Asociaciones en el reglamento para la ejecuci\u00f3n del art\u00edculo 11 bis<br \/>\ne. Consejo de Administraci\u00f3n del Fondo concursable<br \/>\nf. Fondo de Fortalecimiento y Unidad de Fondos Concursables<br \/>\ng. Reglas sobre transparencia y fiscalizaci\u00f3n del origen y uso de los recursos financieros<\/p>\n<p>8. La autonom\u00eda que la ley garantiza a las Asociaciones de Consumidores frente a la dependencia pol\u00edtica y financiera del Serna<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>9. Causales y procedimiento de disoluci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Disoluci\u00f3n voluntaria<br \/>\nb. Disoluci\u00f3n forzada<br \/>\nc. Efectos de la disoluci\u00f3n en el patrimonio<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><br \/>\n<strong>LA RELACI\u00d3N JUR\u00cdDICA DE CONSUMO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. La relaci\u00f3n de consumo en la Ley sobre Protecci\u00f3n de los derechos de los consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Sentido y alcance del t\u00e9rmino \u00abrelaci\u00f3n jur\u00eddica\u00bb<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. Relaci\u00f3n de g\u00e9nero y especie entre \u00abacto de consumo\u00bb y \u00abrelaci\u00f3n de consumo\u00bb<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Andamiaje conceptual que sostiene la relaci\u00f3n de consumo amparada por la LPC<\/p>\n<p>a. La condici\u00f3n de onerosidad del contrato subyacente<br \/>\nb. La onerosidad depende de la reciprocidad de los beneficios que el contrato genera para las partes<br \/>\nc. Razones para una interpretaci\u00f3n restrictiva de la condici\u00f3n de onerosidad del contrato<br \/>\nd. La condici\u00f3n de acto mixto<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Mecanismos para determinar la ley aplicable a las materias que la LPC no ha previsto<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Distinci\u00f3n entre acto y actividad econ\u00f3mica al aplicar el art\u00edculo 2\u00ba letra a) de la LPC<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><br \/>\n<strong>LAS \u00abPALABRAS\u00bb DE LA LEY<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Terminolog\u00eda empleada por la ley para denominar a los sujetos que se propone amparar<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Cambios en el lenguaje que utilizaba originalmente la ley<br \/>\nb. Motivos para distinguir entre consumidores y usuarios<br \/>\nc. Razones para no distinguir<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Sentido y alcance de la definici\u00f3n legal de Consumidor<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. La condici\u00f3n de destinatario final<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Funciones de este requisito en el campo de aplicaci\u00f3n de la LPC<br \/>\nb. Examen de la expresi\u00f3n \u00abdestinatario final\u00bb en su doble dimensi\u00f3n jur\u00eddica y econ\u00f3mica<br \/>\nc. Evoluci\u00f3n del requisito de la destinaci\u00f3n final en la doctrina y en la legislaci\u00f3n comparada<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Distinci\u00f3n entre consumidor jur\u00eddico y consumidor material<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Elementos que diferencian el consumo en sentido jur\u00eddico y en sentido puramente material<br \/>\nb. Efectos de la separaci\u00f3n de los roles del consumidor jur\u00eddico y del consumidor material<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. La concurrencia de un proveedor como l\u00edmite subjetivo en el Derecho del Consumo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><br \/>\n<strong>RESPONSABILIDADES QUE PERMITE PERSEGUIR LA LEY N\u00ba 19.496<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. La acci\u00f3n infraccional en la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Sanciones de la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Aplicaci\u00f3n de la escala de penas del C\u00f3digo Penal<br \/>\nb. Sanciones y tipos infraccionales especiales<br \/>\nc. Reglas para fijar la pena<br \/>\nd. Determinaci\u00f3n de la pena en las acciones colectivas<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. Relaci\u00f3n entre la responsabilidad infraccional y la responsabilidad civil<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Prescripci\u00f3n de ambas clases de acciones<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Evoluci\u00f3n de la jurisprudencia de las cortes chilenas<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Deberes y responsabilidades del Consumidor<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7. Efectos de la calificaci\u00f3n de temeraria de una denuncia o de una demanda<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Distinci\u00f3n entre denuncias y acciones temerarias<br \/>\nb. Declaraci\u00f3n de temeridad por falta de fundamento plausible<br \/>\nc. Reglas aplicables a la temeridad de la demanda promovida por una Asociaci\u00f3n de Consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO V<\/strong><br \/>\n<strong>FUNCIONES QUE ASIGNA LA LEY A LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Fines de estas organizaciones tras los cambios introducidos por la Reforma de 2018<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Funci\u00f3n protectora de las Asociaciones de Consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. Funciones de difusi\u00f3n, informaci\u00f3n y orientaci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Funciones de Educaci\u00f3n y Asesor\u00eda<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Funci\u00f3n de colaborar en medidas protectoras e investigaciones relacionadas con consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Funci\u00f3n Representativa<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7. Actividades que la ley proh\u00edbe desarrollar a estas organizaciones<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Alcance de las prohibiciones<br \/>\nb. Prohibici\u00f3n de distribuir utilidades<br \/>\nc. Prohibiciones que previenen eventuales conflictos de inter\u00e9s con empresas<br \/>\nd. Prohibici\u00f3n de hacer publicidad<br \/>\ne. Criterios de aplicaci\u00f3n<br \/>\nf. Efectos infraccionales de la transgresi\u00f3n a estas normas prohibitivas<br \/>\ng. Efectos civiles de la infracci\u00f3n al art\u00edculo 9\u00ba de la ley<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDA PARTE<\/strong><br \/>\n<strong>LOS PROCESOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><br \/>\n<strong>FUNDAMENTOS DE LA DEFENSA JUDICIAL COLECTIVA DE LOS CONSUMIDORES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Elementos que conforman la acci\u00f3n judicial<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Distinci\u00f3n entre acciones y derechos<br \/>\nb. Rol del derecho subjetivo<br \/>\nc. La pretensi\u00f3n judicial<br \/>\nd. La legitimaci\u00f3n<br \/>\ne. La capacidad para obrar<br \/>\nf. El inter\u00e9s procesal<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Bases te\u00f3ricas del ejercicio de acciones judiciales de inter\u00e9s colectivo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. El mito de los derechos de tercera generaci\u00f3n y la teor\u00eda de los derechos de la solidaridad<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. La defensa colectiva de los derechos de los consumidores a trav\u00e9s de acciones de clase<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Mecanismos de sustituci\u00f3n procesal de la parte individual por un ente colectivo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Regulaci\u00f3n de los procesos con pluralidad de acciones y de partes en Chile<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Reglas generales sobre concurrencia de acciones y de partes en un mismo proceso civil<br \/>\nb. Distinci\u00f3n entre parte en sentido material y parte meramente formal<br \/>\nc. Clasificaciones de los terceros en funci\u00f3n de su inter\u00e9s en el resultado del juicio<br \/>\nd. Regulaci\u00f3n de los juicios con pluralidad de partes<br \/>\ne. Distinci\u00f3n entre litis consorcio voluntario y necesario y entre litis consorcio en sentido propio e impropio<br \/>\nf. El litis consorcio necesario propio e impropio en la jurisprudencia chilena<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7. El litis consorcio en la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><br \/>\n<strong>PROCEDIMIENTOS JUDICIALES DE LA LEY N\u00ba 19.496<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Condiciones generales para todos los procedimientos judiciales de la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>2. Procedimiento judicial para la defensa del inter\u00e9s puramente inter\u00e9s individual<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Elementos estructurantes del juicio individual<br \/>\nb. Restricciones del Sernac para demandar en juicio individual y habilitaci\u00f3n otorgada a las AACC<\/p>\n<p>3. Presupuestos que deben cumplirse para demandar en el proceso judicial colectivo<\/p>\n<p>a. La demanda debe interponerse en beneficio de un inter\u00e9s colectivo<br \/>\nb. Las acciones civiles deben promoverse en defensa de derechos personales<br \/>\nc. Todos los consumidores comprendidos en la demanda deben estar afectados en sus derechos<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Elementos estructurantes del Juicio colectivo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Configuraci\u00f3n de este procedimiento<br \/>\nb. Incorporaci\u00f3n de las partes al juicio<br \/>\nc. Capacidad procesal del Servicio Nacional del Consumidor<br \/>\nd. Capacidad procesal de las Asociaciones de Consumidores<br \/>\ne. Capacidad procesal de las agrupaciones de consumidores<br \/>\nf. Capacidades procesales para actuar como demandado<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Reglas de concentraci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Excepciones al principio de concentraci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><br \/>\n<strong>SUSTANCIACI\u00d3N DEL JUICIO COLECTIVO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Tramitaci\u00f3n del juicio en primera instancia<br \/>\n2. Fase de Admisibilidad<br \/>\n3. Fase de Discusi\u00f3n<br \/>\n4. Medidas cautelares<br \/>\n5. Fase de Conciliaci\u00f3n<br \/>\n6. Fase Probatoria<br \/>\n7. Fase de Sentencia<br \/>\n8. Recursos judiciales<br \/>\n9. Etapa de ejecuci\u00f3n de la Sentencia definitiva<br \/>\n10. Admisibilidad del arresto como medida coercitiva<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><br \/>\n<strong>INSTITUCIONES PROCESALES ESPECIALES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Potestades excepcionales del \u00d3rgano Jurisdiccional<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Competencia absoluta y relativa en primera instancia<br \/>\nb. Potestad para intervenir la defensa judicial<br \/>\nc. Formaci\u00f3n de grupos de consumidores en un mismo juicio colectivo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Preclusi\u00f3n impropia del derecho a demandar colectivamente por iniciarse un Procedimiento Administrativo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Naturaleza jur\u00eddica de este procedimiento<br \/>\nb. Reglas inhibitorias<br \/>\nc. Car\u00e1cter eventual del efecto preclusivo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. Reservas de derechos en los procesos colectivos<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Rol que desempe\u00f1an las reservas de derechos<br \/>\nb. Reserva de derechos para accionar infraccional y civilmente en un juicio individual<br \/>\nc. Reserva de derechos para obtener la inoponibilidad de los efectos del juicio<br \/>\nd. Reserva de derechos para perseguir la responsabilidad civil indemnizatoria en un juicio distinto<br \/>\ne. Reserva de derechos para liberarse de los acuerdos alcanzados entre el Sernac y el proveedor<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. Representaci\u00f3n de las Asociaciones de Consumidores en la reserva de derechos<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Derecho a demandar una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1o moral m\u00e1s alta que la fijada como m\u00ednima com\u00fan<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6. Posibilidad de iniciar otro juicio si la demanda colectiva se declara inadmisible o si es rechazada en la sentencia definitiva<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7. El problema de la multiplicidad de demandas sucesivas<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>8. Medios de prueba especiales en los juicios colectivos<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Principio de igualdad de armas procesales<br \/>\nb. La carga din\u00e1mica de la prueba<br \/>\nc. Ampliaci\u00f3n de la prueba testimonial<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>9. La regla de la sana cr\u00edtica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>10. Eficacia erga omnes de la sentencia que pone t\u00e9rmino al proceso colectivo<\/p>\n<p>a. La cosa juzgada y el efecto relativo de las sentencias<br \/>\nb. El valor de la sentencia como precedente<br \/>\nc. La cosa juzgada y el efecto erga omnes de la sentencia en los procesos colectivos de la Ley N\u00ba 19.496<br \/>\nd. Casos en que lo resuelto judicialmente tiene efecto erga omnes<br \/>\ne. Casos en que lo resuelto en un proceso administrativo tiene efecto erga omnes<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>11. Admisibilidad de la acci\u00f3n colectiva por da\u00f1o moral<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERA PARTE<\/strong><br \/>\n<strong>PARTICIPACI\u00d3N DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES EN PROCESOS REGULADOS EN LEYES ESPECIALES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><br \/>\n<strong>LEYES ESPECIALES QUE HABILITAN A LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES<\/strong><strong>\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Sujetos no considerados en la Ley N\u00ba 19.496 por quienes puede actuar la Asociaci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Marco general del derecho del consumidor y sus fuentes<br \/>\nb. Noci\u00f3n extendida de consumidor y de acto de consumo respecto de estas Asociaciones<br \/>\nc. Consumidores que carecen de capacidad suficiente para contratar<br \/>\nd. Consumidores que no tienen personalidad jur\u00eddica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. Restricciones al Sernac para litigar bajo leyes especiales<\/p>\n<p>3. Facultades de una Asociaci\u00f3n de Consumidores fuera del \u00e1mbito de la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. La Asociaci\u00f3n de Consumidores ante el concurso de leyes y a la complementariedad entre ellas<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Leyes especiales que amparan a consumidores especiales<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><br \/>\n<strong>PROTECCI\u00d3N DE LAS PEQUE\u00d1AS Y MEDIANAS EMPRESAS<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. La empresa como consumidor<\/p>\n<p>2. Protecci\u00f3n de las empresas de menor tama\u00f1o en su rol de consumidores<\/p>\n<p>3. Restricci\u00f3n al Sernac y a las Asociaciones de Consumidores respecto de empresas de menor tama\u00f1o<\/p>\n<p>4. Representaci\u00f3n de consumidores afectados por actos de competencia desleal<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. La Ley N\u00ba 20.169 en el contexto del Convenio de la Uni\u00f3n para la Protecci\u00f3n de la Propiedad Industrial<br \/>\nb. Alcance de no oposici\u00f3n y complementariedad entre legislaciones del art\u00edculo 3\u00ba de la Ley N\u00ba 20.169<br \/>\nc. Circunstancias concurrentes de un acto de competencia desleal<br \/>\nd. Relaci\u00f3n entre la causal gen\u00e9rica y los casos espec\u00edficos de competencia desleal que describe la ley<br \/>\ne. Responsabilidades que emanan de la Ley N\u00ba 20.169<br \/>\nf. Acciones que la Ley N\u00ba 20.169 otorga a los consumidores<br \/>\ng. Instrumentos que esta ley pone a disposici\u00f3n de consumidores no amparados por la Ley N\u00ba 19.496<br \/>\nh. Restricciones que ha impuesto la Reforma de 2018 a la intervenci\u00f3n de las Asociaciones de Consumidores en juicios sobre lealtad comercial<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. Competencia del Fiscal Nacional Econ\u00f3mico para intervenir en actos de competencia desleal<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><br \/>\n<strong>PARTICIPACI\u00d3N DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES EN PROCESOS SOBRE LIBRE COMPETENCIA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. El Decreto Ley N\u00ba 211 y su evoluci\u00f3n hacia la protecci\u00f3n de los consumidores<br \/>\n2. Potestad regulatoria del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en materia de protecci\u00f3n a los consumidores<br \/>\n3. Convergencia entre ambas legislaciones<br \/>\n4. Aplicaci\u00f3n privada de la libre competencia a favor del consumidor en el derecho comparado<br \/>\n5. Distribuci\u00f3n de potestades entre el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la Fiscal\u00eda Nacional Econ\u00f3mica, el Servicio Nacional del Consumidor y las Asociaciones de Consumidores<br \/>\n6. Regulaci\u00f3n de los convenios entre el Fiscal Nacional Econ\u00f3mico, las Asociaciones de Consumidores y el Sernac<br \/>\n7. Bases del proceso indemnizatorio por infracci\u00f3n de las normas sobre libre competencia previsto en el DL N\u00ba 211<br \/>\n8. Persecuci\u00f3n de la responsabilidad civil derivada de actos contrarios a la Libre Competencia a trav\u00e9s del Procedimiento especial para la protecci\u00f3n del inter\u00e9s colectivo o difuso previsto en la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><br \/>\n<strong>EL PRINCIPIO PRO CONSUMIDOR COMO FUENTE DEL DERECHO Y L\u00cdMITE DE ACTUACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Aplicaci\u00f3n del principio pro consumidor a las relaciones de consumo<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a. Los Principios como un tipo de norma jur\u00eddica<br \/>\nb. La incorporaci\u00f3n de los postulados como una categor\u00eda normativa aut\u00f3noma<br \/>\nc. El principio pro consumidor en el derecho comparado<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2. El principio pro consumidor en la Reforma de 2021<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3. El principio pro consumidor en la interpretaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 19.496<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4. El principio pro consumidor en la interpretaci\u00f3n de los contratos con consumidores<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5. El principio pro consumidor en la aplicaci\u00f3n de contratos con cl\u00e1usulas contradictorias<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta obra contiene una exposici\u00f3n general de las funciones que han desarrollado las Asociaciones de Consumidores, desde su aparici\u00f3n en el siglo XIX hasta hoy, con especial \u00e9nfasis en los juicios colectivos, considerando la experiencia internacional en materia de class actions, la doctrina m\u00e1s autorizada y un amplio cat\u00e1logo de sentencias de tribunales nacionales y extranjeros. Est\u00e1 dividida en tres partes. La primera examina su naturaleza como organizaciones privadas sujetas a normas de derecho p\u00fablico; las restricciones a que est\u00e1n sometidas; su relaci\u00f3n con la autoridad estatal; su rol en materia judicial ante el debilitamiento de las potestades del Sernac; los elementos que permiten distinguir una relaci\u00f3n de consumo; y los rasgos que caracterizan a los sujetos comprendidos en el \u00e1mbito de la Ley N\u00ba 19.496, sobre Protecci\u00f3n de los Derechos de los Consumidores. La segunda parte describe los procesos que les permiten actuar en defensa de consumidores en distintos tribunales y las instituciones que se han incorporado a esta ley en a\u00f1os recientes, en particular con las reformas de 2004, 2018 y 2021. En la \u00faltima parte se examina su participaci\u00f3n en el inter\u00e9s de consumidores que no fueron considerados en esa ley, pero que s\u00ed lo est\u00e1n en el marco de otras leyes que tratan sobre competitividad, lealtad comercial y libre mercado. El autor, consciente de que muchas de estas materias no han sido estudiadas org\u00e1nicamente por otros juristas nacionales, pone especial cuidado en exponer su inserci\u00f3n en nuestro ordenamiento y en proyectarlas bas\u00e1ndose en c\u00f3mo han evolucionado en el derecho comparado. &nbsp; PRIMERA PARTE LOS SUJETOS Y LA MATERIA &nbsp; &nbsp; CAP\u00cdTULO I CONFIGURACI\u00d3N JUR\u00cdDICA DE LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES &nbsp; 1. Arquetipo normativo adoptado por la legislaci\u00f3n chilena a. Definici\u00f3n legal b. Relaci\u00f3n entre las Organizaciones de Consumidores y las Asociaciones de Consumidores c. Aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de las asociaciones gremiales a una organizaci\u00f3n de consumidores at\u00edpica d. Efectos de la distinci\u00f3n entre las Organizaciones de Defensa de los Consumidores t\u00edpicas y at\u00edpicas e. Categor\u00edas y subcategor\u00edas de Asociaciones de Consumidores &nbsp; 2. Terminolog\u00eda empleada por el legislador para denominar a estas organizaciones &nbsp; 3. Efecto de los fallos del Tribunal constitucional en la Reforma de 2018 &nbsp; 4. Una nueva configuraci\u00f3n jur\u00eddica &nbsp; a. Reemplazo parcial del modelo de Asociaci\u00f3n Gremial b. Elementos que componen una Asociaci\u00f3n de Consumidores c. Procedimiento para constituir y modificar la Asociaci\u00f3n d. Contraposici\u00f3n con el procedimiento de constituci\u00f3n y reforma de una Organizaci\u00f3n de Inter\u00e9s P\u00fablico &nbsp; 5. Gobierno corporativo &nbsp; a. \u00d3rganos administrativos b. Responsabilidad solidaria c. La Asociaci\u00f3n no puede prescindir de Directores y de un Consejo Directiv &nbsp; 6. Prohibiciones al Consejo Directivo y a sus integrantes a. Naturaleza de estas prohibiciones b. Prohibici\u00f3n de integrar el Consejo al condenado por delitos concursales tipificados en el C\u00f3digo Penal c. Prohibici\u00f3n al condenado por delito contra la propiedad o por delito sancionado con pena aflictiva, mientras dure la condena d. Prohibici\u00f3n de integrar el Consejo al sancionado como reincidente de denuncia temeraria o por denuncias temerarias reiteradas e. Prohibici\u00f3n por ejercer cargos de elecci\u00f3n popular o de consejero regional f. Prohibiciones a los directores alcanzados por normas de relaci\u00f3n &nbsp; 7. Fuentes de financiamiento de la organizaci\u00f3n &nbsp; a. Financiamiento ordinario b. Financiamiento extraordinario c. Composici\u00f3n del Fondo concursable d. Deber del Estado de resguardar la autonom\u00eda de esas Asociaciones en el reglamento para la ejecuci\u00f3n del art\u00edculo 11 bis e. Consejo de Administraci\u00f3n del Fondo concursable f. Fondo de Fortalecimiento y Unidad de Fondos Concursables g. Reglas sobre transparencia y fiscalizaci\u00f3n del origen y uso de los recursos financieros 8. La autonom\u00eda que la ley garantiza a las Asociaciones de Consumidores frente a la dependencia pol\u00edtica y financiera del Serna &nbsp; 9. Causales y procedimiento de disoluci\u00f3n &nbsp; a. Disoluci\u00f3n voluntaria b. Disoluci\u00f3n forzada c. Efectos de la disoluci\u00f3n en el patrimonio &nbsp; CAP\u00cdTULO II LA RELACI\u00d3N JUR\u00cdDICA DE CONSUMO &nbsp; 1. La relaci\u00f3n de consumo en la Ley sobre Protecci\u00f3n de los derechos de los consumidores &nbsp; 2. Sentido y alcance del t\u00e9rmino \u00abrelaci\u00f3n jur\u00eddica\u00bb &nbsp; 3. Relaci\u00f3n de g\u00e9nero y especie entre \u00abacto de consumo\u00bb y \u00abrelaci\u00f3n de consumo\u00bb &nbsp; 4. Andamiaje conceptual que sostiene la relaci\u00f3n de consumo amparada por la LPC a. La condici\u00f3n de onerosidad del contrato subyacente b. La onerosidad depende de la reciprocidad de los beneficios que el contrato genera para las partes c. Razones para una interpretaci\u00f3n restrictiva de la condici\u00f3n de onerosidad del contrato d. La condici\u00f3n de acto mixto &nbsp; 5. Mecanismos para determinar la ley aplicable a las materias que la LPC no ha previsto &nbsp; 6. Distinci\u00f3n entre acto y actividad econ\u00f3mica al aplicar el art\u00edculo 2\u00ba letra a) de la LPC &nbsp; CAP\u00cdTULO III LAS \u00abPALABRAS\u00bb DE LA LEY &nbsp; 1. Terminolog\u00eda empleada por la ley para denominar a los sujetos que se propone amparar &nbsp; a. Cambios en el lenguaje que utilizaba originalmente la ley b. Motivos para distinguir entre consumidores y usuarios c. Razones para no distinguir &nbsp; 2. Sentido y alcance de la definici\u00f3n legal de Consumidor &nbsp; 3. La condici\u00f3n de destinatario final &nbsp; a. Funciones de este requisito en el campo de aplicaci\u00f3n de la LPC b. Examen de la expresi\u00f3n \u00abdestinatario final\u00bb en su doble dimensi\u00f3n jur\u00eddica y econ\u00f3mica c. Evoluci\u00f3n del requisito de la destinaci\u00f3n final en la doctrina y en la legislaci\u00f3n comparada &nbsp; 4. Distinci\u00f3n entre consumidor jur\u00eddico y consumidor material &nbsp; a. Elementos que diferencian el consumo en sentido jur\u00eddico y en sentido puramente material b. Efectos de la separaci\u00f3n de los roles del consumidor jur\u00eddico y del consumidor material &nbsp; 5. La concurrencia de un proveedor como l\u00edmite subjetivo en el Derecho del Consumo &nbsp; CAP\u00cdTULO IV RESPONSABILIDADES QUE PERMITE PERSEGUIR LA LEY N\u00ba 19.496 &nbsp; 1. La acci\u00f3n infraccional en la Ley N\u00ba 19.496 &nbsp; 2. Sanciones de la Ley N\u00ba 19.496 &nbsp; a. Aplicaci\u00f3n de la escala de penas del C\u00f3digo Penal b. Sanciones y tipos infraccionales especiales c. Reglas para fijar la pena d. Determinaci\u00f3n de la pena<\/p>\n","protected":false},"featured_media":4061,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"inline_featured_image":false,"_joinchat":[]},"product_brand":[],"product_cat":[27,42],"product_tag":[],"class_list":{"0":"post-4013","1":"product","2":"type-product","3":"status-publish","4":"has-post-thumbnail","6":"product_cat-civil","7":"product_cat-thomson-reuters","8":"product_shipping_class-a-convenir","10":"first","11":"instock","12":"shipping-taxable","13":"purchasable","14":"product-type-simple"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product\/4013","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product"}],"about":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/product"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4013"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4061"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4013"}],"wp:term":[{"taxonomy":"product_brand","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_brand?post=4013"},{"taxonomy":"product_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_cat?post=4013"},{"taxonomy":"product_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_tag?post=4013"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}