{"id":4423,"date":"2026-02-28T01:25:32","date_gmt":"2026-02-28T04:25:32","guid":{"rendered":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/?post_type=product&#038;p=4423"},"modified":"2026-02-28T01:25:47","modified_gmt":"2026-02-28T04:25:47","slug":"lavado-de-activos-y-financiamiento-del-terrorismo-ano-2023-496-pag-autor-angela-toso-milos","status":"publish","type":"product","link":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/product\/lavado-de-activos-y-financiamiento-del-terrorismo-ano-2023-496-pag-autor-angela-toso-milos\/","title":{"rendered":"Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. A\u00f1o 2023\/496 P\u00e1g. Autor \u00c1ngela Toso Milos"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>MODELO DE COMPLIANCE DERIVADO DE LA LEY N\u00b0 19.913 Y SU NORMATIVA DE DESARROLLO<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Esta obra analiza, con un enfoque interdisciplinario, la prevenci\u00f3n del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, en particular, el modelo de compliance derivado de la Ley N\u00b0 19.913 -que crea la Unidad de An\u00e1lisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos-, junto con su normativa de desarrollo. Desde esta perspectiva, se examinan los principales aportes doctrinarios, as\u00ed como la jurisprudencia administrativa y judicial relevante en relaci\u00f3n con la estructura y los elementos de los programas preventivos que deben adoptar los sujetos obligados del sector privado, indicados en el art\u00edculo 3, inciso primero, del se\u00f1alado cuerpo legal.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">El libro est\u00e1 dirigido a directores, abogados corporativos, gerentes, ejecutivos y otros profesionales afines a la asesor\u00eda, direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y auditor\u00eda de empresas en el campo del compliance. Asimismo, podr\u00e1 ser de inter\u00e9s para estudiantes de pregrado y postgrado, autoridades administrativas, jueces y todos quienes deseen conocer esta relevante tem\u00e1tica que, pese a su importancia, ha sido escasamente abordada por los autores en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO PRIMERO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>ASPECTOS INTRODUCTORIOS DEL R\u00c9GIMEN DE PREVENCI\u00d3N DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL SECTOR PRIVADO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El modelo de prevenci\u00f3n del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo en el marco del cumplimiento normativo o compliance<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Compliance y sostenibilidad empresarial<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Sujetos obligados<\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Regulaci\u00f3n de los programas de cumplimiento adoptados por los sujetos obligados del sector privado<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo\n<p>2. Obligatoriedad de las circulares de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<\/p>\n<p>3. Referencia al r\u00e9gimen sancionatorio previsto en la Ley N\u00ba 19.913<br \/>\n3.1. Infracciones y sanciones<br \/>\n3.2. Procedimiento aplicable<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Presupuestos y elementos de los modelos preventivos. Justificaci\u00f3n de la estructura de este libro<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Presupuestos para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los modelos de prevenci\u00f3n<br \/>\n2. Elementos de los programas preventivos. Justificaci\u00f3n de la estructura del trabajo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Prevenci\u00f3n del LA\/FT en situaciones extraordinarias. Vulnerabilidades generadas con ocasi\u00f3n de la pandemia por COVID-19 y algunas propuestas de soluci\u00f3n formuladas por el Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Vulnerabilidades del r\u00e9gimen preventivo evidenciadas durante la pandemia<br \/>\n2. Algunas propuestas planteadas por el GAFI a fin de afrontar la pandemia por COVID-19: la situaci\u00f3n de Chile<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO SEGUNDO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>ESTRUCTURA ORG\u00c1NICA DE LOS MODELOS PREVENTIVOS<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Compromiso de los administradores del sujeto obligado<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La noci\u00f3n de administraci\u00f3n en los modelos de cumplimiento normativo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El compromiso de los administradores en el r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n consagrado en la Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Funciones de los administradores y auditor\u00edas externas<br \/>\n3.1. Funciones de los administradores<br \/>\n3.2. Auditor\u00edas externas como mecanismo de mejora de la labor desarrollada por los administradores<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Gobierno corporativo, modelos preventivos y deberes de los administradores<br \/>\n4.1. Gobierno corporativo y programas de prevenci\u00f3n<br \/>\n4.2. Deberes fiduciarios de los administradores<br \/>\n4.2.1. Deber de lealtad<br \/>\n4.2.2. Deber de diligencia o cuidado<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">El oficial de cumplimiento<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La figura del oficial de cumplimiento en los modelos de prevenci\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Funciones del oficial de cumplimiento<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Atributos de la labor de cumplimiento<br \/>\n3.1. Libertad, imparcialidad, confidencialidad y autonom\u00eda<br \/>\n3.2. La independencia del oficial de cumplimiento en el r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n del LA\/FT<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Breve referencia respecto de la responsabilidad administrativa de los administradores en el marco del modelo preventivo<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO TERCERO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>OBLIGACI\u00d3N DE REPORTAR CIERTAS OPERACIONES A LA UNIDAD DE AN\u00c1LISIS FINANCIERO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Introducci\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Obligaci\u00f3n de reportar operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Aspectos generales<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La obligaci\u00f3n de reportar operaciones sospechosas de LA\/FT en la Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo<br \/>\n2.1. Concepto de \u00aboperaci\u00f3n sospechosa\u00bb<br \/>\n2.2. Se\u00f1ales de alerta de lavado de activos y financiamiento del terrorismo<br \/>\n2.3. Formulaci\u00f3n y env\u00edo del reporte de operaciones sospechosas a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<br \/>\n2.4. \u00bfDeben los sujetos obligados abstenerse de ejecutar operaciones sospechosas?<br \/>\n2.5. Prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n sancionatoria de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero ante la infracci\u00f3n del deber de reportar operaciones sospechosas<br \/>\n2.5.1. Antecedentes<br \/>\n2.5.2. Art\u00edculo 22 bis de la Ley N\u00ba 19.913<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Deber de proporcionar aquellos antecedentes requeridos por la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Obligaci\u00f3n de informar y deberes de secreto o reserva sobre determinadas operaciones o actividades<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Obligaci\u00f3n de reportar operaciones en efectivo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">\u00bfQu\u00e9 debe entenderse por operaci\u00f3n en efectivo?<br \/>\n2. Aspectos operativos de los reportes de operaciones en efectivo<br \/>\n3. Prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n sancionatoria de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero ante la infracci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de reportar operaciones en efectivo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Prohibici\u00f3n de revelaci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">VII. Exoneraci\u00f3n de responsabilidad por informar de buena fe a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO CUARTO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>DEBIDA DILIGENCIA O CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Introducci\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">La obligaci\u00f3n de aplicar medidas de debida diligencia o de conocimiento de los clientes<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Delimitaci\u00f3n subjetiva: concepto de cliente<br \/>\n1.1. Importancia y est\u00e1ndares internacionales<br \/>\n1.2. El concepto de cliente en la normativa elaborada por la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<br \/>\n1.3. La noci\u00f3n de cliente en la regulaci\u00f3n emanada de determinados supervisores sectoriales<br \/>\n1.3.1.La definici\u00f3n de cliente contemplada en la Circular N\u00ba 1809 de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero y su aplicaci\u00f3n al seguro de vida<br \/>\n1.3.2.El concepto de cliente consagrado en el Cap\u00edtulo 1-14 de la Recopilaci\u00f3n Actualizada de Normas para Bancos de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero y su aplicaci\u00f3n al cr\u00e9dito documentario<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Identificaci\u00f3n del beneficiario final<br \/>\n2.1. Identificaci\u00f3n del beneficiario final seg\u00fan lo se\u00f1alado por el GAFI<br \/>\n2.2. Identificaci\u00f3n del beneficiario final en Chile<br \/>\n2.3. Iniciativa referida a la creaci\u00f3n de un registro de beneficiarios finales<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Delimitaci\u00f3n temporal: momento en que se deben aplicar las medidas de debida diligencia<br \/>\n3.1. Clientes nuevos<br \/>\n3.2. Clientes antiguos<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Seguimiento o monitoreo (DDC continua)<\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Medidas de debida diligencia y nuevas tecnolog\u00edas<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Debida diligencia respecto de los trabajadores del sujeto obligado<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO QUINTO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>MEDIDAS DE DEBIDA DILIGENCIA EN EL MARCO DEL ENFOQUE BASADO EN EL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Introducci\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Debida diligencia est\u00e1ndar<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">R\u00e9gimen general aplicable a los sujetos obligados<br \/>\n2. Requerimientos especiales referidos a determinadas entidades reportantes<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Debida diligencia simplificada<\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Debida diligencia reforzada<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Personas expuestas pol\u00edticamente (PEP)<br \/>\n1.1. Aspectos generales<br \/>\n1.2. Medidas de debida diligencia aplicables a las PEP<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Transferencias electr\u00f3nicas de fondos<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Corresponsal\u00eda bancaria<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Operaciones con personas ubicadas en Estados o jurisdicciones de mayor riesgo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Debida diligencia reforzada respecto de las tarjetas de pago con provisi\u00f3n de fondos sin l\u00edmite de saldo m\u00e1ximo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Debida diligencia intensificada para operaciones superiores a 10 000 USD aplicable a los usuarios de zonas francas<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Algunos comentarios en torno a la aplicaci\u00f3n de las medidas de debida diligencia conforme al enfoque basado en el riesgo<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Planteamiento general respecto de la implementaci\u00f3n de las medidas de debida diligencia en funci\u00f3n del riesgo<br \/>\n2. Enfoque basado en el riesgo y de-risking<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Medidas de debida diligencia orientadas a la prevenci\u00f3n del financiamiento del terrorismo y de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><b><strong>CAP\u00cdTULO SEXTO<\/strong><\/b><br \/>\n<b><strong>OTROS DEBERES: INSCRIBIRSE ANTE LA UNIDAD DE AN\u00c1LISIS FINANCIERO, LLEVAR REGISTROS ESPECIALES, CONTAR CON UN MANUAL DE PREVENCI\u00d3N, CAPACITAR AL PERSONAL Y REALIZAR AUDITOR\u00cdAS INTERNAS<\/strong><\/b><\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Deber de inscribirse en los registros de la Unidad de an\u00e1lisis financiero e informar los cambios que se produzcan respecto de su situaci\u00f3n legal<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Inscripci\u00f3n de los sujetos obligados en los registros de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero<br \/>\n2. Informaci\u00f3n acerca de cambios relevantes<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Obligaci\u00f3n de crear y mantener registros especiales<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Registro de operaciones en efectivo<br \/>\n2. Registro de debida diligencia y conocimiento del cliente<br \/>\n3. Registro de operaciones realizadas por PEP<br \/>\n4. Registro de transferencias electr\u00f3nicas de fondos<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"font-weight: 400;\">III. Manual de Prevenci\u00f3n<\/p>\n<ol>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Consagraci\u00f3n normativa de esta obligaci\u00f3n<br \/>\n2. Contenido del manual de prevenci\u00f3n<br \/>\n3. Difusi\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Capacitaci\u00f3n<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Regulaci\u00f3n y alcance de este deber<br \/>\n2. Contenido, modalidades y constancia de las capacitaciones<\/p>\n<p>V. Dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de programas de auditor\u00eda interna<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Reconocimiento en los est\u00e1ndares del GAFI y su consagraci\u00f3n en la regulaci\u00f3n nacional<\/li>\n<li style=\"font-weight: 400;\">Importancia y alcance de esta obligaci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MODELO DE COMPLIANCE DERIVADO DE LA LEY N\u00b0 19.913 Y SU NORMATIVA DE DESARROLLO Esta obra analiza, con un enfoque interdisciplinario, la prevenci\u00f3n del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, en particular, el modelo de compliance derivado de la Ley N\u00b0 19.913 -que crea la Unidad de An\u00e1lisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos-, junto con su normativa de desarrollo. Desde esta perspectiva, se examinan los principales aportes doctrinarios, as\u00ed como la jurisprudencia administrativa y judicial relevante en relaci\u00f3n con la estructura y los elementos de los programas preventivos que deben adoptar los sujetos obligados del sector privado, indicados en el art\u00edculo 3, inciso primero, del se\u00f1alado cuerpo legal. El libro est\u00e1 dirigido a directores, abogados corporativos, gerentes, ejecutivos y otros profesionales afines a la asesor\u00eda, direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y auditor\u00eda de empresas en el campo del compliance. Asimismo, podr\u00e1 ser de inter\u00e9s para estudiantes de pregrado y postgrado, autoridades administrativas, jueces y todos quienes deseen conocer esta relevante tem\u00e1tica que, pese a su importancia, ha sido escasamente abordada por los autores en nuestro pa\u00eds. CAP\u00cdTULO PRIMERO ASPECTOS INTRODUCTORIOS DEL R\u00c9GIMEN DE PREVENCI\u00d3N DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL SECTOR PRIVADO El modelo de prevenci\u00f3n del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo en el marco del cumplimiento normativo o compliance Compliance y sostenibilidad empresarial III. Sujetos obligados Regulaci\u00f3n de los programas de cumplimiento adoptados por los sujetos obligados del sector privado La Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo 2. Obligatoriedad de las circulares de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero 3. Referencia al r\u00e9gimen sancionatorio previsto en la Ley N\u00ba 19.913 3.1. Infracciones y sanciones 3.2. Procedimiento aplicable Presupuestos y elementos de los modelos preventivos. Justificaci\u00f3n de la estructura de este libro Presupuestos para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los modelos de prevenci\u00f3n 2. Elementos de los programas preventivos. Justificaci\u00f3n de la estructura del trabajo Prevenci\u00f3n del LA\/FT en situaciones extraordinarias. Vulnerabilidades generadas con ocasi\u00f3n de la pandemia por COVID-19 y algunas propuestas de soluci\u00f3n formuladas por el Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional Vulnerabilidades del r\u00e9gimen preventivo evidenciadas durante la pandemia 2. Algunas propuestas planteadas por el GAFI a fin de afrontar la pandemia por COVID-19: la situaci\u00f3n de Chile CAP\u00cdTULO SEGUNDO ESTRUCTURA ORG\u00c1NICA DE LOS MODELOS PREVENTIVOS Compromiso de los administradores del sujeto obligado La noci\u00f3n de administraci\u00f3n en los modelos de cumplimiento normativo El compromiso de los administradores en el r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n consagrado en la Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo Funciones de los administradores y auditor\u00edas externas 3.1. Funciones de los administradores 3.2. Auditor\u00edas externas como mecanismo de mejora de la labor desarrollada por los administradores Gobierno corporativo, modelos preventivos y deberes de los administradores 4.1. Gobierno corporativo y programas de prevenci\u00f3n 4.2. Deberes fiduciarios de los administradores 4.2.1. Deber de lealtad 4.2.2. Deber de diligencia o cuidado El oficial de cumplimiento La figura del oficial de cumplimiento en los modelos de prevenci\u00f3n Funciones del oficial de cumplimiento Atributos de la labor de cumplimiento 3.1. Libertad, imparcialidad, confidencialidad y autonom\u00eda 3.2. La independencia del oficial de cumplimiento en el r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n del LA\/FT III. Breve referencia respecto de la responsabilidad administrativa de los administradores en el marco del modelo preventivo CAP\u00cdTULO TERCERO OBLIGACI\u00d3N DE REPORTAR CIERTAS OPERACIONES A LA UNIDAD DE AN\u00c1LISIS FINANCIERO Introducci\u00f3n Obligaci\u00f3n de reportar operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero Aspectos generales La obligaci\u00f3n de reportar operaciones sospechosas de LA\/FT en la Ley N\u00ba 19.913 y su normativa de desarrollo 2.1. Concepto de \u00aboperaci\u00f3n sospechosa\u00bb 2.2. Se\u00f1ales de alerta de lavado de activos y financiamiento del terrorismo 2.3. Formulaci\u00f3n y env\u00edo del reporte de operaciones sospechosas a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero 2.4. \u00bfDeben los sujetos obligados abstenerse de ejecutar operaciones sospechosas? 2.5. Prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n sancionatoria de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero ante la infracci\u00f3n del deber de reportar operaciones sospechosas 2.5.1. Antecedentes 2.5.2. Art\u00edculo 22 bis de la Ley N\u00ba 19.913 III. Deber de proporcionar aquellos antecedentes requeridos por la Unidad de An\u00e1lisis Financiero Obligaci\u00f3n de informar y deberes de secreto o reserva sobre determinadas operaciones o actividades Obligaci\u00f3n de reportar operaciones en efectivo \u00bfQu\u00e9 debe entenderse por operaci\u00f3n en efectivo? 2. Aspectos operativos de los reportes de operaciones en efectivo 3. Prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n sancionatoria de la Unidad de An\u00e1lisis Financiero ante la infracci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de reportar operaciones en efectivo Prohibici\u00f3n de revelaci\u00f3n VII. Exoneraci\u00f3n de responsabilidad por informar de buena fe a la Unidad de An\u00e1lisis Financiero CAP\u00cdTULO CUARTO DEBIDA DILIGENCIA O CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES Introducci\u00f3n La obligaci\u00f3n de aplicar medidas de debida diligencia o de conocimiento de los clientes Delimitaci\u00f3n subjetiva: concepto de cliente 1.1. Importancia y est\u00e1ndares internacionales 1.2. El concepto de cliente en la normativa elaborada por la Unidad de An\u00e1lisis Financiero 1.3. La noci\u00f3n de cliente en la regulaci\u00f3n emanada de determinados supervisores sectoriales 1.3.1.La definici\u00f3n de cliente contemplada en la Circular N\u00ba 1809 de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero y su aplicaci\u00f3n al seguro de vida 1.3.2.El concepto de cliente consagrado en el Cap\u00edtulo 1-14 de la Recopilaci\u00f3n Actualizada de Normas para Bancos de la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero y su aplicaci\u00f3n al cr\u00e9dito documentario Identificaci\u00f3n del beneficiario final 2.1. Identificaci\u00f3n del beneficiario final seg\u00fan lo se\u00f1alado por el GAFI 2.2. Identificaci\u00f3n del beneficiario final en Chile 2.3. Iniciativa referida a la creaci\u00f3n de un registro de beneficiarios finales Delimitaci\u00f3n temporal: momento en que se deben aplicar las medidas de debida diligencia 3.1. Clientes nuevos 3.2. Clientes antiguos III. Seguimiento o monitoreo (DDC continua) Medidas de debida diligencia y nuevas tecnolog\u00edas Debida diligencia respecto de los trabajadores del sujeto obligado CAP\u00cdTULO QUINTO MEDIDAS DE DEBIDA DILIGENCIA EN EL MARCO DEL ENFOQUE BASADO EN EL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Introducci\u00f3n Debida diligencia est\u00e1ndar R\u00e9gimen general aplicable a los sujetos obligados 2. Requerimientos especiales referidos a determinadas entidades reportantes III.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":4453,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"inline_featured_image":false,"_joinchat":[]},"product_brand":[],"product_cat":[48],"product_tag":[],"class_list":{"0":"post-4423","1":"product","2":"type-product","3":"status-publish","4":"has-post-thumbnail","6":"product_cat-comercial","7":"product_shipping_class-a-convenir","9":"first","10":"instock","11":"shipping-taxable","12":"purchasable","13":"product-type-simple"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product\/4423","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product"}],"about":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/product"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4423"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4453"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4423"}],"wp:term":[{"taxonomy":"product_brand","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_brand?post=4423"},{"taxonomy":"product_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_cat?post=4423"},{"taxonomy":"product_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bibliotecajuridicavirtual.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/product_tag?post=4423"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}